Según ha señalado Rumbo 5-Cero en un comunicado, el Juzgado de Instrucción Número 1 de Valverde, que ha dictado la providencia, ha sido "sorprendido en su buena fe", al igual que la Guardia Civil y el Seprona, por versiones ofrecidas por Emed Tartessus "sin contrastar" con las opiniones de las otras partes interesadas y afectadas.
La empresa mantiene que el juzgado basa su providencia en una resolución administrativa de fecha 9 de marzo de 2011, que ha sido recurrida por Rumbo 5 Cero.
Por lo tanto, la resolución utilizada por el Juzgado "no es firme ni exigible", ha indicado esta empresa, que además asegura que existe otra de 25 de mayo de 2011 por la que la autoridad minera ratifica que el obligado a realizar las tareas de mantenimiento y gestión de la presa es el titular del derecho minero, Minas de Río Tinto, y no Emed.
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