Jerez

Acusa a su padrastro de violarle cuando su madre estaba fuera

El Ministerio Fiscal pide para 10 años de cárcel por delito contra la libertad sexual

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
  • Fachada de la Sección algecireña de la Audiencia Provincial de Cádiz. -
  • El acusado niega haber tocado a la menor, que en el momento de los hechos tenía 15 años
La Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial fue escenario ayer del juicio contra un hombre de nacionalidad española a quien se acusa de consumar relaciones sexuales no consentidas hacia su hijastra, que en el momento de los supuestos hechos contaba 15 años de edad.

La niña, de nacionalidad marroquí como su madre, denunció haber sido objeto de estos abusos sexuales en diversos momentos del año 2007, aprovechando siempre la ausencia de la madre biológica de la niña del domicilio familiar en el que todos convivían, dentro del término municipal de Algeciras.

El Ministerio Fiscal pidió para el acusado la pena de 10 años de cárcel por considerar que las relaciones sexuales descritas se practicaron, y que estas fueron sin el consentimiento de la niña.

Precisamente la menor testificó ayer durante la vista relatando las experiencias traumáticas que supuestamente sufrió a consecuencia de los denunciados abusos contra su libertad sexual.

Por su parte, el acusado negó todas las acusaciones y aseveró que no tocó a la menor aprovechando que la madre no estaba en casa, por lo que su defensa pide la libre absolución.

El caso quedó ayer visto para sentencia tras los correspondientes testimonios y las conclusiones de ambas partes. La resolución se conocerá, previsiblemente, en los próximos días.

Circunstancias

En estos casos, los detalles más específicos sobre la agresión y sus motivaciones pueden ser claves para la resolución que emita el juez. En este sentido, la demostración de si hubo o no consentimiento por parte de la menor puede implicar una pena mucho menor, en caso afirmativo.

De igual modo, el grado de consumación de la supuesta agresión, es decir, la existencia o no de penetración, puede variar sustancialmente la pena final que se le imponga al acusado, como ha ocurrido en ocasiones anteriores.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN