La titular del juzgado de instrucción 3 de Sevilla ha emitido un auto en el que reprocha a la Junta de Andalucía que concediera la reapertura de la mina de Aznalcóllar (Sevilla) sin "el más mínimo rigor" y pese a que fue donde se produjo el vertido tóxico en 1998.
La juez Patricia Fernández ha hecho ese pronunciamiento tras la denuncia presentada por Emerita Resources España SLU, una de las dos empresas que accedieron a la fase final del concurso, resuelto por la Junta de Andalucía el pasado 20 de febrero en favor de la entidad Minorbis-Grupo Méjico (filial de Magtel).
Según el auto de la juez, al que ha tenido acceso Efe, no se ha apreciado que la empresa ganadora "cumpliese las exigencias mínimas, ni siquiera, para superar la primera fase del concurso de adjudicación".
Por ello, la instructora considera "imprescindible" que la Policía tome declaración a los responsables de que Minorbis no fuese excluida en la fase inicial del concurso, entre ellas a la directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta, María José Asensio.
La juez también pide que se tome declaración a las personas que asistieron a una reunión el 11 de abril de 2014 en la que, según los denunciantes, el presidente de Magtel, Mario López Magdaleno, acudió a Emerita con la "supuesta intención de negociar la refundición de ambos proyectos para poder obtener la adjudicación" y al finalizar la reunión les advirtió de que "Magtel tenía la llave del concurso".
Para dar veracidad a sus palabras, les anunció que iban a recibir una llamada de alguien de la consejería, algo que se confirmó al llamarles el secretario general de Industria de la Junta, Vicente Fernández, para interesarse por la reunión, según la denuncia.
La juez subraya que se ha incurrido en un posible vulneración de la Ley de Contratos del Sector Público así como de las medidas incluidas en un decreto ley de 2013 para garantizar que la explotación de la mina se hiciera con las mejores condiciones científicas, técnicas, de seguridad y ambientales, así como con las mayores ventajas económicas y sociales.
Sin embargo, a cada medida prevista, indica la juez, "no se observa, en cambio, el más mínimo rigor en la actuación de la Administración y ello pese a tratarse de la misma explotación minera donde se registró el desastre del vertido ecológico en el año 1998".
Tras la denuncia por prevaricación, cohecho, fraude y tráfico de influencias interpuesta por Emerita contra los responsables de la mesa de contratación que llevaron a cabo esta adjudicación, la juez señala que la empresa ganadora no cumplió la exigencia de aportar el informe respecto a la capacidad de obrar del Grupo Méjico.
Tampoco se detalla el compromiso inversor de las partes asociadas, según la juez, que considera "cuestionable y llamativa la naturaleza del acuerdo alcanzado entre Minorbis y Grupo Méjico", que hicieron una declaración conjunta, aunque "no parece exceder de una declaración de buenas intenciones".
Además, la instructora afirma que la empresa ganadora sólo aporta una póliza de responsabilidad civil general cuando se le exigía un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe mínimo de 1.500.000 euros; que hizo "simples capturas de pantalla de las web de grupo Méjico y referencias genéricas" para acreditar el capital social suscrito, la experiencia de trabajos similares y el volumen de negocio análogo.
También señala que "el equipo técnico mínimo es puntuado con la nota máxima de diez por la comisión técnica pese a las evidentes carencias que presenta, con múltiples documentos no convalidados siquiera y evidentes deficiencias cuantitativas y cualitativas".
"En el apartado de maquinarias, material y equipo técnico no se observan tampoco cumplidas las exigencias" previstas, y la maquinaria "se encuentra además en América", apunta la juez.
Respecto al plan de investigación, que se compone de 72 cuadrículas mineras, en el informe de la Comisión Técnica, el cálculo respecto de Minorbis se hace respecto de 53 cuadrículas en lugar de 72, "alterando de esta forma las valoraciones obtenidas", añade el auto.
Tampoco se determinan el tipo de perforación de sondeos que se van a realizar pese a la relevancia de este aspecto, hay "incongruencias" en la valoración del proyecto de explotación, en la evacuación de residuos, preservación de espacios protegidos y en las valoraciones comparativa de Emeritas y Minorbis, "dada la disparidad de las propuestas de inversión entre una y otra", concluye la juez.
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