Almería

El Gobierno desclasifica la Propuesta Preliminar del Plan de Rehabilitación de Palomares

La Audiencia Nacional aún debe decidir si obliga a fijar plazo para ejecutar la limpieza de la descontaminación

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  • Vallado en una de las zonas de acceso restringido en Palomares. -

El Consejo de Ministros ha aprobado la desclasificación de la Propuesta Preliminar del Plan de Rehabilitación de Palomares (PRP) 2010, elaborada por el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Ciemat), que fue aprobado por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) el 5 de mayo de 2010.

Esta desclasificación se hace a petición de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª de la Audiencia Nacional, con los únicos y exclusivos efectos de su incorporación al procedimiento ordinario nº 538/201, promovido por la Federación Provincial de Ecologistas en Acción-Almería contra la Resolución del Consejo de Seguridad Nuclear de fecha 16 de febrero de 2017, relativo a la clausura y almacenamiento de la instalación nuclear y área contaminada de Palomares (Almería).

El Consejo de Ministros desclasifica dicha información al amparo de lo previsto en el artículo 64.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y comunica a la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª que la desclasificación acordada se realiza a los únicos y exclusivos efectos de su incorporación al procedimiento ordinario nº 538/2017, con el carácter de confidencial.

La decisión llega después de que la Audiencia Nacional requiriese en septiembre al Gobierno que remitiese la documentación que solicitó en febrero sobre el plan para limpiar las 40 hectáreas contaminadas con plutonio en Palomares y le afease su "falta de respuesta", clave para dictar sentencia en el procedimiento y decidir si obliga a fijar un plazo para ejecutar la descontaminación.

En la segunda advertencia, la Audiencia Nacional hacía alusión a la "importante demora" en el recurso contencioso-administrativo después de que el Gobierno le dijese que para desclasificar el Plan de Rehabilitación de Palomares necesitaba el "consentimiento de las autoridades de EEUU" a las que ya se "había cursado consulta".

En esa primera resolución de hace justo cinco meses, avisaba al Gobierno de que era "necesario" que respondiese "con la mayor agilidad posible" a sus peticiones dada la "importante demora" y le le pedía una "previsión temporal" acerca de cuando podría aprobar el Consejo de Ministros que se levante el secreto que pesa sobre el plan de limpieza de Palomares aprobado en 2010. El Gobierno argumentó entonces que la información reclamada por la Audiencia Nacional "incluye información contenida en documentos de terceras partes".

PLEITO CONTENCIOSO QUE SE REMONTA A 2017

Ecologistas en Acción llevó a la vía judicial una resolución del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) de enero de 2017 en el que rechazaba proceder a la "clausura de la instalación nuclear y el área contaminada de Palomares "con fijación de plazo para llevar a efecto, y a la espera de encontrarles almacenamiento definitivo, el almacenamiento temporal de la tierra resultante del tratamiento de los 50.000 metros cúbicos de tierra contaminada" previstos en el citado plan de rehabilitación.

La Audiencia Nacional consideró que, en dicha resolución recurrida, el regulador atómico "reconoce que se ha valorado la posibilidad de diversas soluciones en relación a la liberación de partículas ionizantes en los alrededores del pueblo de Palomares en 1966" y considera, por tanto, que "es necesario conocer los planes que se hayan elaborado".

El auto contó con el voto particular del magistrado Helmuth Moya, quien ya no forma parte del tribunal y para quien la "obligación" de "descontaminar corresponde" a España que, "como país soberano", no puede "justificar su inacción" en la "falta de cooperación" de EEUU. En su lugar, se ha incorporado la magistrada Begoña Fernández Dozagarat.

REBAJA DEL VOLUMEN DE TIERRA CONTAMINADA A LIMPIAR

La Audiencia Nacional ha rechazado recientemente, al estar el procedimiento visto para sentencia, pedir de nuevo al Gobierno que se aporte el informe que el CSN aprobó en julio de 2015 sobre la limpieza de los terrenos contaminados y que, según Ecologistas en Acción, modifica los criterios radiológicos de mayo de 2010.

En el documento cuestionado por el colectivo, el regulador atómico admite que se ha rebajado el volumen de tierra contaminada con radioactividad en Palomares que debe ser retirada en virtud de la declaración de intenciones firmada entre España y EEUU si bien no precisa en cuanto con respecto al plan de rehabilitación aprobado en 2010 que preveía la limpieza de 50.000 metros cúbicos de suelo. Esta modificación se produjo en el pleno de 22 de julio de 2015 del CSN.

En su día, el CSN aportó un documento que "no era copia certificada" del informe aprobado en el citado pleno de julio de 2015 y se acogía para negar el informe completo a la normativa sobre secretos oficiales que se aplica a "todo el proceso relativo a Palomares" desde acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de octubre de 2010.

Ecologistas en Acción sostiene que ese cambio que admite el regulador atómico se ha producido "a instancias" del Department of Energy (DOE) de EEUU y asegura que, para ello, se "han aumentado los criterios radiológicos para considerar necesaria una intervención de 1 mSv/a hasta 4 mSv/a", lo que habría permitido la firma de la declaración de intenciones con EEUU para la gestión y almacenamiento de los residuos generados en la limpieza por parte del gobierno estadounidense.

El objetivo, según añade el colectivo, sería que, de la limpieza de 50.000 metros cúbicos de tierra, se pasaría "únicamente a limpiar 28.000 metros cúbicos de tierra contaminada", lo que reduciría de 6.000 a 3.300 metros cúbicos el volumen de tierra que debe almacenarse en EEUU.

"OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD" PARA CON ESTADOS UNIDOS

Ecologistas en Acción siempre ha pedido que se aporte como prueba al procedimiento una copia completa del Plan de Rehabilitación de mayo de 2010, el informe del Departamento de Energía de EEUU remitido al CSN en julio de 2015 y el anexo del acta de la sesión celebrada por el regulador atómico ese mismo mes en el que se recogen los niveles de intervención para la restauración.

La Abogacía del Estado, por su parte, siempre lo ha rechazado. En el primer caso, alegó que se trataba de un documento que "no elaboró" el CSN sino el Ciemat y que este organismo se lo hizo llegar "con carácter confidencial", por lo que "no puede realizar la aportación del mismo".

En esta misma línea, señaló que el informe del Departamento de Energía de EEUU remitido por el Ministerio de Asuntos Exteriores al CSN en julio de 2015 fue calificado como confidencial de acuerdo a la Ley de Secretos Oficiales por el propio ministerio y remarcó que el Departamento de Energía de USA entregó los documentos así, "lo que obligaría al Estado español a mantener dicha confidencialidad ya que la procedencia de los documentos es de un estado extranjero".

Por último, con respecto al acta de la sesión celebrada por el CSN el 22 de julio de 2015 señaló que el "tema de los criterios radiológicos", aseguró que ya se había aportado a la sala "en la parte no afectada por la Ley de Secretos Oficiales".

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