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Andalucía

¡Cuidado! Ya no pueden ir dos personas o más en un mismo coche

Así lo indica la modificación del Real Decreto RD 463/20 que destaca que las multas por esta infracción van desde los 300 a los 1.000 euros

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  • Tráfico. -

Los conductores deberán ir solos a no ser que quienes le acompañen lo hagan por motivos de fuerza mayor. Así lo indica la modificación del Real Decreto RD 463/20 que ha efectuado el Gobiernoy que ordena que prohíbe los desplazamientos con acompañantes. Las multas por esta infracción van desde los 300 a los 1.000 euros.

Esta modificación en el decreto del pasado 14 de marzo añade a la limitación de la libertad de circulación por las vías de uso público otros espacios de uso como pueden ser las playas por la pandemia del coronavirus.

Las únicas excepciones a esta regla son que que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, personas mayores, o que exista una causa debidamente justificada.

Así, los ciudadanos sólo podrán desplazarse en coche de forma individual y para actividades como comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, ir a centros, servicios y establecimientos sanitarios, cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. También se permiten los desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, así como el retorno al lugar de residencia habitual. Al margen de estos supuestos, está prohibido desplazarse en coche, ni en ciudad ni en carretera, excepto en el caso de los vehículos de transporte con el objetivo de garantizar los suministros.

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