Almería

Condenado a dos años y medio de cárcel por golpear habitualmente a su mujer y su bebé de 13 meses

El fallo, sobre el que cabe recurso de alzada ante la Audiencia Provincial, condena además al acusado a indemnizar a su víctima con 12.000 euros así como a estar alejado de ella y a no comunicarse por un periodo de siete años

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El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha condenado a I.C.H.H., de 29 años y vecino de Almería, a dos años y seis meses de prisión como autor de un delito de malos tratos habituales y otro de malos tratos a raíz de los golpes y vejaciones a los que expuso a su pareja sentimental y a su hijo, un bebé de 13 meses de edad, durante el tiempo en el que convivieron, al menos, desde 2013 en adelante.

   El fallo, consultado por Europa Press y sobre el que cabe recurso de alzada ante la Audiencia Provincial, condena además al acusado a indemnizar a su víctima con 12.000 euros así como a estar alejado de ella y a no comunicarse por un periodo de siete años, los mismos en los que no podrá portar armas de ninguna clase.

   El juez califica de "decisivo" el testimonio prestado por la denunciante para determinar que, a partir de la conducta del acusado, se sufrió una "constante violación de la paz familiar" ya que, según recogen los hechos probados, el hombre manifestaba a su víctima con "relativa frecuencia" que "no valía para nada, que no cuidaba la casa y tampoco al niño que tenían en común" únicamente con el fin de "menoscabar la integridad física y psíquica de su pareja".

   Así, el acusado "dio una bofetada al pequeño" en "algunas ocasiones", momento en el que la madre del bebé se interponía entre ambos para evitar el ataque, con lo que era ella quien recibía golpes "en la cara, en los glúteos y la cogía fuertemente del pelo". En este sentido, llegó incluso a amedrentarla al asegurarle que poseía un arma de fuego.

   Aunque la mujer y el niño "nunca" han asistido a un centro médico por estos hechos, el magistrado Luis Columna da por probado que al menos en tres ocasiones la esposa del agresor fue amenazada o agredida y sufrió una "vida insoportable" junto a su pareja, puesto que existe una "ausencia de incredibilidad subjetiva" y una "verosimilitud" en la declaración de la víctima que persiste en el tiempo.

   Del mismo modo, se señala que "siempre" que existía un problema entre el menor y el padre, y la madre intervenía, era ella quien resultaba agredida, al tiempo que recoge las manifestaciones que el hombre hacía tanto en casa como fuera de ella en presencia de otras personas, ante las que tachaba a su esposa de "guarra". También recoge cómo el hombre gritaba al oído de la víctima cuando "algo no era de su conveniencia, especialmente cuando no era del agrado del acusado lo que le cocinaban".

   El juez rechaza por otra parte la petición de la acusación particular para retirar la patria potestad al acusado sobre el menor puesto que, según observa, "esta pena está prevista para casos de especial gravedad en los que la relación padre-hijo pueda ser perjudicial para este".

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