Andalucía

La Fiscalía pide una multa de 900.000 euros para Rivas, Mellet, Ponce y Pereira por cohecho

El Ministerio Fiscal ha considerado que los hechos son constitutivos de un delito de cohecho, en el que los acusados son responsables en el concepto de autores y por lo que "corresponde imponer a cada acusado la pena de multa de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 2

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La Fiscalía de Sevilla solicita el pago de una multa de 900.000 euros y 21 meses de suspensión de empleo o cargo público para Antonio Rivas, Fernando Mellet, Daniel Ponce y María Regla Pereira, imputados en el caso Mercasevilla, por un delito de cohecho, según el escrito de acusación de la Fiscalía al que Europa Press ha tenido acceso.

   El ministerio fiscal considera los hechos como constitutivos de un delito de cohecho según el escrito de acusación presentado al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla y en el que se relata cómo durante el año 2007 el acusado Fernando Mellet, siendo director general de Mercasevilla y gerente de la Fundación Mercasevilla, contactó con los responsables del grupo de restauración Alazar para tratar la posibilidad de construir en Sevilla una Escuela Permanente de Hostelería.

   Mellet llegó entonces a un acuerdo verbal, siempre según el escrito fiscal, con los responsables del grupo Alazar, mediante el cual la fundación que presidía pediría una subvención a la Junta de Andalucía para crear un centro permanente de formación, de cuya gestión se encargaría el Grupo Alazar.

   Según prosigue el escrito de acusación, como consecuencia del interés de la Junta en el tema, se elaboró un protocolo firmado por el Servicio Andaluz de Empleo, la Fundación Mercasevilla, la Asociación Empresarial de Hostelería de Sevilla y el Grupo Alazar para la realización de dichas acciones y en donde ya se mencionaba la posibilidad de que el Servicio Andaluz de Empleo subvencionara dichas acciones.

   Posteriormente, en julio de 2008, Mellet, en nombre de la Fundación Mercasevilla, y Pedro Sánchez Cuerda, en nombre del Grupo Alazar, firman un contrato por el que este último cedía a la fundación la nave que esta a su vez había arrendado al Grupo Sando, con la finalidad única de destinarla a la creación del centro de hostelería, añade el ministerio.

   Tras mantener Mellet con los responsables del Group Alazar varias reuniones, en las que intervino el también acusado Antonio Rivas en calidad de delegado provincial de Empleo de la Junta, Mellet solicitó formalmente una subvención al Servicio Andaluz de Empleo. Dicha solicitud, según defiende la Fiscalía, fue tramitada por el procedimiento de subvención excepcional y concedida por un importe de 900.000 euros. 

   Tras tener conocimiento de la concesión, Antonio Rivas y Fernando Mellet, y "con el fin de obtener un lucro ilícito", decidieron exigir al Grupo Alazar una comisión de, al menos, 300.000 euros a cambio de que fuera este quien se encargada de la gestión y explotación del centro de formación. Al conocer dicha decisión, los también acusados, Daniel Ponce --subdirector de Mercasevilla-- y María Regla Pereira --coordinadora de Proyectos de la fundación--, aceptaron colaborar con los otros acusados.

   El pretexto expuesto por estos para solicitar al Grupo Alazar el pago de dicha cantidad, fue que la subvención, según el escrito, era "una colaboración voluntaria con la Junta de Andalucía". Además, Ponce añadió que el Grupo Alazar debía hacerse cargo también de la instalación eléctrica, lo que suponía un desembolso de 150.000 euros más.

   En un intento de tratar de convencer a los dirigentes del grupo para que abonaran tal suma, Ponce y Mellet les insistieron prometiéndoles que si accedían a entregar el dinero, el grupo obtendría luego favores tales como más subvenciones para futuros cursos.

   Finalmente, responsables del Grupo Salazar comunicaron los hechos a la Junta de Andalucía, quien denunció los hechos ante la Fiscalía de Sevilla.

   Por todo ello, el Ministerio Fiscal ha considerado que los hechos son constitutivos de un delito de cohecho, en el que los acusados son responsables en el concepto de autores y por lo que "corresponde imponer a cada acusado la pena de multa de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 21 meses".

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