Publicidad Ai
Publicidad Ai

Cádiz

Condenado por "coaccionar" a un trabajador del Teatro Falla

Entre los episodios se incluye la aparición de una soga con un nudo de ahorcado en una de las puertas del Coliseo gaditano

Publicidad Ai Publicidad AiAndaluc�a Informaci�n Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Advertisement
  • Teatro Falla -

El juzgado de instrucción número 4 ha fallado, en primera instancia, contra el jefe de tramoya del Teatro Falla y “delegado sindical” como autor responsable de un delito leve continuado de coacciones, imponiéndole una pena de tres meses de multa con cuota diaria de diez euros, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso VIVA CÁDIZ. Asimismo, se prohíbe al denunciado comunicarse directa o indirectamente con el denunciante por cualquier medio por el periodo de seis meses.

Cabe recordar que a través de los medios se daba a conocer que en octubre de 2015, el denunciante, trabajador municipal al que le habían asignado el cargo de coordinador técnico de dicho teatro en marzo de 2014, cuando “regresaba de su hora de desayuno se encontraba en la puerta de entrada del personal del Teatro Falla una cuerda con un nudo de ahorcado”. A consecuencia de esto, el denunciante era dado de baja por “un cuadro de reacción depresiva prolongada”. Este episodio provocó la reacción de Comisiones Obreras que emitía un comunicado donde comparaba la situación con un hecho al más puro estilo ‘ku klux klan’.

Según los hechos probados, según indica la sentencia, todo comenzaba tras realizar el denunciante “el primer cuadrante de turnos”, que provocaba la reacción disconforme del jefe de tramoya. Este hecho y la negativa del denunciante a realizar cambio alguno, se trasladaban a la directora del Falla.

Desde ese momento, continúa la sentencia, “han sido continuos los obstáculos puestos por el denunciado al denunciante para que éste pudiera desarrollar con normalidad su trabajo, cuestionando sus funciones y haciendo indicaciones al personal de tramoya para que no prestaran los servicios que el coordinador indicaba, llegando a fotografiar al denunciante cuando éste supervisaba algún tipo de servicio”.

Testigos
Durante el juicio, la que fuera directora del Falla en ese periodo al que se hace alusión puso de manifiesto “la situación de presión que se sufrió” desde el cambio del cuadrante, con continuos problemas para el desarrollo de las funciones que se fijaban, lo que incluso motivó su petición del traslado del teatro. 

En relación con estos hechos, el denunciado manifestó en el juicio que tuvo lugar el pasado 14 de febrero que ”no impedía al denunciante desempeñar su trabajo, sino que decidía no hacer alguna de las indicaciones que éste le hacía porque se trataba de servicios que a su equipo no le correspondían hacer por convenio laboral”. También reconoció que “en una ocasión” cuando el coordinador quiso supervisar un trabajo de pintura en el escenario, procedió a grabarlo porque consideraba que estaba menospreciando su trabajo”.

En relación con la soga, negó haberla colocado, “que estaba allí colgada, pero que él no lo hizo”, aunque para “evitar problemas la quitó él personalmente”. En los hechos probados, la jueza señala al respecto que en este ambiente de presión se encontró una cuerda con un nudo de ahorcado colocado por el denunciado”.

Según la sentencia, que es susceptible de recurso, “se puede concluir que se ha acreditado que el denunciado durante un periodo continuado de tiempo no permitió el desarrollo del trabajo de coordinación e hizo que tampoco lo permitieran los trabajadores a los que representaba sindicalmente, lo que perjudicó seriamente el trabajo y la salud del coordinador”.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación por parte del denunciado. No obstante, si pasa dicho plazo y no se interpone recurso, la sentencia “será firme”, aclara el juzgado.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN