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Almería

Anulan su condena tras saberse a los 10 años que la denuncia era falsa

El Tribunal Supremo ha anulado la condena impuesta a un hombre que llegó a cumplir cuatro años de cárcel tras comprobar que el denunciante se inventó el robo

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  • Tribunal Supremo. -
  • Los hechos que se consideraron probados y que a la postre se ha comprobado eran falsos atribuían al demandante el haber acometido un robo

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la condena impuesta hace diez años a un hombre que llegó a cumplir cuatro años de cárcel después de que se haya constatado recientemente que la persona que le denunció por un robo a punta de cuchillo se inventó los hechos, ya que formaba parte de un grupo criminal que se dedicaba a la extorsión.

En concreto, el demandante cuyo recurso de revisión estima el Alto Tribunal fue víctima de una red que exigía cantidades de entre 3.000 y 10.000 euros a "todo ciudadano paquistaní" que quisiera residir en Almería o trabajar en la venta ambulante de flores y les amenazaba con daños personales o denuncias falsas contra ellos si no accedían a sus pretensiones.

El Supremo, con el visto bueno del Ministerio Fiscal, acuerda ahora anular la sentencia firme por delitos de robo con intimidación y empleo de arma peligrosa, y de lesiones que en noviembre de 2007 dictó el Juzgado de lo Penal 2 de la capital al quedar acreditado que eran "falsos" la denuncia y el testimonio que en sala prestó la presunta víctima, quien fue asistida por quien era el jefe de la organización criminal como traductor según se recoge en el atestado policial.

Según indica la resolución los hechos que se consideraron probados y que a la postre se ha comprobado eran falsos atribuían al demandante el haber acometido, en unión de otra persona no identificada y usando un cuchillo, al falso denunciante cuando este estaba vendiendo flores por las calles del centro de El Ejido y haberle sustraído 340 euros en efectivo y una cadena de oro valorada en 382,40 euros.

También le acusó mendazmente de haberle propinado "diversos golpes" por el cuerpo, que le causaron heridas, hematomas y contusiones que habían requerido para su sanidad puntos de sutura y profilaxis antitetánica.

Con posterioridad, en concreto casi diez años después, y una vez que ya había cumplido las penas que sumaban cuatro años de cárcel, el Juzgado de lo Penal 2 juzgó a los integrantes de este grupo criminal, quienes admitieron todas las actividades ilícitas que se les imputaban.

En particular, hacía referencia al condenado en falso como una de las víctimas y le ponía como ejemplo de perjudicado por este 'modus operandi' ideado para generar "temor entre sus compatriotas aquí establecidos".

"Imputaban de forma mendaz la comisión de diversas infracciones penales, dando lugar a la incoación de varios procedimientos judiciales contra los mismos, y llegando a provocar por estos hechos sentencias condenatorias e ingresos en prisión", describe el fallo que añade que un miembro interponía una denuncia frente a un tercero, acusándolo de un delito, generalmente robo con violencia, mientras otro miembro de la organización intervenía como testigo", señalaba la sentencia.

Tanto en las diligencias previas como en el acto de juicio oral por la red criminal, el denunciante admitió que tanto la denuncia como el testimonio prestado contra la víctima eran "falsos porque los hechos denunciados nunca ocurrieron".

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