Patio de monipodio

Hay que ahorrar

Fríos nos deja que, en un supuesto deseo de ahorrar, se niegue a mucha gente su derecho a la jubilación

“Con fecha 10 de Abril de 2013 se publicó en el BOE la Sentencia 61/2013 de 14 de Marzo de 2013, dictada por el Tribunal Constitucional en cuestión de inconstitucionalidad (procedimiento 5862/2003), planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Dicha sentencia declara inconstitucional y nula la regla 2º del apartado 1 de la disposición adicional séptima de la Ley General de la Seguridad Social con la que se regula el cómputo de los períodos cotizados a tiempo parcial. Ello origina un vacío legal para resolver lo procedimientos en que el trabajador ha estado contratado a un tiempo parcial en algún momento de su vida laboral.”

El texto, literalmente tomado de una respuesta-resolución de la Seguridad Social, a propósito de una petición de jubilación, sería para caldear el ambiente -si alguna de las plataformas actuales tuviera intención de incidir en una verdadera lucha por los derechos de la mayoría- del frío capaz de helar los huesos (que no “a” los huesos). Fríos nos deja que, en un supuesto deseo de ahorrar, se niegue a mucha gente su derecho a la jubilación. Y que sean sus mentores el TSJG y el Constitucional. El plazo de seis meses manda la jubilación, con suerte, a 2014; la incertidumbre del posible silencio administrativo, ni se sabe. Pero en 2014, el plazo para el cómputo habrá avanzado un año, lo que establece un aplazamiento sin posible final visible.

Todo muy coherente. Coherente con la política de ahorrar a costa de quienes menos tienen. Muy sintomático, muy ilustrativo, que el ahorro conculque el derecho a la jubilación, justo seis meses antes de la ampliación del plazo mínimo de cotización. Se esfuerzan en negar la posible quiebra de la Seguridad Social, mientras mueven todo tipo de artificio para dejar sin ingresos a los beneficiarios, normalmente los más necesitados. También negaron la crisis. Y prometieron reducir el déficit. Y crear empleo. En estas condiciones, no cabe duda: negar a una persona el derecho a percibir su pensión de jubilación, es pura y simple coherencia.

Cómico, si no fuera por el dramatismo de la responsabilidad gubernamental, que dicta dictando un aplazamiento con visos de negativa, y niega la posibilidad de recurso, dudosa legalidad, porque anular el derecho a una defensa efectiva, como se está haciendo en este caso, es lo menos democrático que pueda existir. Cómico, si no fuera por el drama, negar su derecho a la jubilación a quien ha cotizado los años suficientes en días,incluso en horas.

España “iba bien”, mientras se hacía caja vendiendo empresas públicas rentables, que, para ser más rentables, cargaban a la Seguridad Social, ahora descapitalizada, los costes de personal vía prejubilación. Y, en vez de invertir en empleo, que generaría nuevo ingreso para el Organismo, se provoca gasto doble, financiando a la banca y abaratando el despido, medio infalible para cargar al Estado y permitir la brutal concentración actual, en beneficio de los grandes. (¿Cómo era aquello de “uníos parias?…” Era algo así ¿No?)

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