Andalucía

Ratifican la orden de paralización de las obras del trasvase del Castril

El Tribunal Supremo ha ratificado la orden de ejecución de una sentencia dictada por este mismo órgano judicial que declaró nulos de pleno derecho.

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
El Tribunal Supremo ha ratificado la orden de ejecución de una sentencia dictada por este mismo órgano judicial que declaró nulos de pleno derecho los decretos para corregir la sequía en las cuencas de los ríos Guadiana, Guadalquivir y Ebro, por la que paralizaba las obras de trasvase del río Castril situado en la provincia de Granada.

En una reciente resolución, a la que ha tenido acceso Efe y de fecha 13 de abril, el alto tribunal desestima así el recurso de reposición interpuesto por la Abogacía del Estado y ordena requerir de nuevo al Ministerio de Medio Ambiente para que “inmediatamente” informe de la situación en la que se encuentran las obras que se están realizando actualmente.

La Abogacía del Estado presentó a finales de febrero un recurso que, en síntesis, aducía que las obras paralizas por orden del Supremo eran “de interés general” y solicitaba la suspensión de la ejecución de lo acordado “dado el perjuicio que puede causar al objeto y finalidad” de dichas obras públicas.

El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, su sección quinta, ahora ratificado ordenó “la inmediata paralización” de la ejecución de las obras de emergencia para la conducción de abastecimiento a la localidad de Baza desde el embalse del Portillo.

Además esta misma sala acordó la paralización de los expedientes de expropiación de las fincas afectadas por las referidas obras públicas, a cuyo fin se dirigió, indicaba el Supremo, comunicación al Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Según la Plataforma por la Defensa del Río Castril, la ejecución de esa sentencia afectaría asimismo al auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Granada - que también ha sido recurrido-, que por su parte levantó cautelarmente la paralización de las obras del trasvase decretada en su día por el Ayuntamiento de Cortes de Baza.

Este Ayuntamiento paralizó esas obras del proyecto basándose precisamente en la sentencia del Supremo, cuya ejecución fue acordada a través de un auto y recientemente ratificada.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN