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Andalucía

Condenado a 7 años por incendiar la casa de su pareja con dos bombonas dentro

Los hechos ocurrieron hacia las 12 horas del 15 de octubre de 2009, tras una discusión del procesado con su pareja,

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de siete años de cárcel impuesta a un hombre, que provocó un "virulento incendio" en la vivienda que compartía con su pareja en Sevilla, donde había dos bombonas de butano que crearon un "grave riesgo" para todos los vecinos.

La Sala de lo Penal del Supremo, en un auto al que ha tenido acceso Efe, rechaza todos los motivos de recurso del acusado y niega que sufriese indefensión al ver rechazada una ampliación del informe forense sobre la antigüedad de su consumo de alcohol.

El Supremo confirma la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia sevillana, que aplicó al acusado M.G.C. la atenuante de alcoholismo pero no como muy cualificada pues no consideró que el día de los hechos tuviese "completamente anuladas sus capacidades intelectivas y volitivas", como alegó su defensa.

Añade que su alegato de que el día de los hechos consumió más alcohol de lo habitual junto con determinados medicamentos ansiolíticos solo está apoyado por sus propias manifestaciones.

Recuerda el Supremo que los forenses dijeron en el juicio que no se había demostrado una merma de las capacidades mentales del acusado y un policía que acudió al lugar declaró que M.G.C. "estaba un poco bebido pero se expresaba bien y mantenía la verticalidad".

Los hechos ocurrieron hacia las 12 horas del 15 de octubre de 2009, cuando el procesado, tras discutir con su pareja, trepó por el balcón de la vivienda y, con ayuda de un mechero y un bote de alcohol, prendió fuego a una de las habitaciones.

El incendio se propagó rápidamente por toda la vivienda y el humo se extendió por todo el bloque, situado en la calle Begonia de Sevilla, poniendo en "grave peligro a los vecinos que en ese momento se encontraban en sus viviendas".

Explica el fallo que en el interior del domicilio había dos bombonas de butano, que finalmente fueron retiradas por el propio acusado a instancias de un vecino.

Con su acción causó daños valorados en 8.296 euros, si bien la propietaria ha renunciado al ejercicio de las acciones civiles pues los hermanos del procesado llevaron a cabo los trabajos de reparación.

Las llamas se propagaron con rapidez, alcanzaron un carácter "muy virulento" y de haber explotado las bombonas de butano las consecuencias habrían sido "devastadoras", por lo que la sentencia de la Audiencia aplicó la calificación más grave prevista para los delitos de incendio que impliquen "grave peligro para la vida o la integridad física de las personas", interpretación que comparte el TS.

El TS añade que la Audiencia sevillana hizo una "valoración racional y lógica de las pruebas practicadas" y el abogado del acusado lo único que pretende es "una interpretación más favorable a sus pretensiones".

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