Barbate

Rebajan la pena al joven que abusó de una chica en una tienda de campaña en un festival

El TSJA estima parcialmente el recurso: rebaja la pena de cuatro años a dos años y seis meses de prisión. Los hechos ocurrieron en 2017 durante el Cabo de Plata

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  • Fachada del TSJA, en Granada -

En el marco del Festival Cabo de Plata en Barbate, un caso de abuso sexual ha sido objeto de atención judicial, y la Sección de Apelación Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla ha emitido un fallo que ajusta la sentencia original. El acusado, Manuel L. R., fue condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz a cuatro años de prisión por abusar sexualmente de M. C. M. en julio de 2017.

Según los hechos probados, en la madrugada del 8 de julio de 2017, durante el desarrollo del Festival Cabo de Plata en Barbate, M. C. M. se encontraba dormida en una tienda de campaña junto a Manuel L. G. Un amigo de este último, Manuel L. R., se acercó a la tienda, la abrió y, sin el consentimiento de M. C. M., la tocó de manera indebida, llegando a introducir al menos un dedo en su vagina. La víctima se despertó indignada, expulsó al acusado de la tienda y, en el exterior, lo confrontó físicamente hasta que fue separada por amigos.

La sentencia original de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz, dictada el 16 de diciembre de 2022, condenó a Manuel L. R. a cuatro años de prisión, así como a medidas de prohibición de aproximación y comunicación, y a indemnizar a la víctima con 3.000 euros. La defensa del acusado interpuso un recurso de apelación, y la Sección de Apelación Penal ha emitido su fallo, ajustando algunos aspectos de la sentencia original.

La defensa argumentó la pretendida carencia de credibilidad de la denunciante y la ausencia de pruebas suficientes para fundamentar la condena. Sin embargo, la Sección de Apelación Penal destacó la verosimilitud y persistencia en el testimonio de la víctima, M. C. M., subrayando la falta de credibilidad subjetiva en la versión del acusado.

La modificación de la sentencia se basó en la apreciación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, lo que condujo a la sustitución de la pena de cuatro años de prisión por dos años y seis meses. La Sección de Apelación Penal también confirmó la indemnización de 3.000 euros a la víctima.

Este caso destaca la importancia de la declaración de la víctima y el análisis detallado de las circunstancias procesales, incluyendo las dilaciones en el desarrollo del caso. La decisión judicial busca equilibrar la gravedad de los hechos con la necesidad de una respuesta proporcional y justa ante las circunstancias específicas del caso.

La sentencia destaca la importancia de la declaración de la víctima M. C. M., subrayando la verosimilitud y persistencia en su testimonio, así como la falta de credibilidad subjetiva en la versión del acusado. Además, se ha resaltado la dilación extraordinaria en el proceso, influenciando la reducción de la pena.

Este fallo marca un paso más en el desarrollo judicial de este caso, reafirmando la decisión original en gran medida, pero ajustando la pena de prisión en virtud de las circunstancias específicas del proceso. La sentencia destaca la gravedad de los hechos y la importancia de la reparación a la víctima mediante la indemnización establecida.

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