La Junta de Gobierno, reunida hoy en sesión ordinaria, ha aprobado la convocatoria del procedimiento de libre designación para la provisión del puesto de Jefe de la Policía Local de Sevilla, así como las bases que regularán la participación en mismo, que, para una adecuada difusión y mayor conocimiento, habrán de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dado que a dicho puesto podrán optar también los miembros de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
El nombramiento del Jefe de la Policía Local de Sevilla, cuyo puesto en la actualidad se encuentra vacante y está reservado a funcionarios de este Cuerpo con la máxima categoría (Superintendente), corresponde al alcalde de Sevilla por el procedimiento de libre designación. Sin embargo, el gobierno de Juan Espadas ha decidido abrir una convocatoria para extenderlo a otros Cuerpos de Seguridad por interés general y las particularidades de sus funciones y de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad.
Así, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 13/2001 de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, los aspirantes a ese puesto deberán ostentar la condición de funcionarios del Cuerpo de la Policía Local de Sevilla o de otros cuerpos de Policía Local u otros cuerpos de Seguridad, con una acreditada experiencia en funciones de mando y también con igual o superior rango y categoría que la del funcionario que ocupa el puesto de superior categoría dentro del Cuerpo de Policía de Sevilla (Superintendente).
En concreto, las características del puesto son las siguientes:
• Denominación: Jefe de la Policía Local.
• Escala: Administración Especial.
• Grupo: A1
• Adscripción: Funcionarios con la máxima categoría dentro de la Policía Local de Sevilla (Superintendente), funcionarios de Otros Cuerpos de Policía Local y otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Publicada la convocatoria en el BOE, se concederá un plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes. Su nombramiento lo efectuará el alcalde de Sevilla, siempre de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, en el plazo de un mes a contar desde la finalización del plazo de la presentación de las solicitudes –podrá ser prorrogado un mes por acuerdo por la Junta de Gobierno Local–. Al tratarse de un puesto de libre designación, también podrá ser removido de sus funciones.
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