Este segundo periodo se abrirá el 15 de septiembre y permanecerá en vigor hasta el 20 de noviembre. No obstante, en este segundo periodo únicamente se podrá abonar la mitad de este impuesto siempre y cuando se haya pagado el 50 por ciento en el plazo que está abierto actualmente. En caso contrario, es decir, para pagos que se efectúen con posterioridad al 20 de julio, estas facturas tendrán un recargo del 5 por ciento.
El abono del IBI puede realizarse a través de los documentos tributarios que el área de Recaudación enviará a los contribuyentes en las próximas semanas y con el cual se puede gestionar el pago de forma rápida y sencilla en cualquiera de las entidades colaboradoras; a través de transferencias bancarias o personalmente en la caja de estas dependencias, ubicadas en el número siete de la calle La Fuente.
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