Cádiz

Declaran nulas la obligación de dar EpC en inglés y la objeción de conciencia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha declarado nulos tres artículos de la orden de la Conselleria de Educación que regula la impartición de la asignatura de Educación para la Ciudadanía que habían sido recurridos por el sindicato CCOO y la Abogacía del Estado.

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha declarado nulos tres artículos de la orden de la Conselleria de Educación que regula la impartición de la asignatura de Educación para la Ciudadanía que habían sido recurridos por el sindicato CCOO y la Abogacía del Estado.

Los artículos se refieren a la obligatoriedad de impartir esta asignatura en inglés, a la posibilidad de aprobarla mediante la realización de un trabajo con enfoque transversal y a la opción de que los alumnos pudieran acogerse a la objeción de conciencia de la materia, según han informado fuentes del TSJCV.

Responsables del sindicato CCOO-PV analizan en rueda de prensa el contenido de esta sentencia, que según han anunciado a la agencia Efe fuentes de la Conselleria de Educación será recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que esos artículos son contrarios a derecho y, sobre el primero de los recurridos señala en su sentencia que presenta una motivación “confusa, contradictoria e incongruente” para argumentar la necesidad de que la asignatura se impartiera en inglés en los centros educativos de la Comunitat Valenciana.

La Sala, que tiene aún pendientes de resolver otros tres recursos presentados por sindicatos, añade sobre ese asunto que la Generalitat ha defendido “la imposición” de la impartición de una asignatura curricular en lengua extranjera por parte de la Generalitat cuando solo puede implantar un Programa Plurilingüe en el sistema educativo valenciano.

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