Andalucía

El Gobierno andaluz limita el salario de los directivos en la nueva ley de cajas

El Consejo de Gobierno aprueba el decreto ley que adapta la ley andaluza de cajas a la reforma del sistema financiero

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  • Mar Moreno y Antonio Ávila. -
El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto ley que adapta la ley andaluza de cajas a la reforma del sistema financiero aprobada por el Gobierno en julio de 2010, una norma que limita los salarios de los directivos que no podrán cobrar más que el presidente de la Junta (68.891 euros brutos al año). La norma será tramitada como proyecto de ley en el Parlamento andaluz con el objetivo principal de “fortalecer el sistema financiero para que fluya el crédito a las pymes y familias” y la “profesionalización” de los órganos de gobierno de las entidades, aseguró en rueda de prensa el consejero Economía, Innovación y Ciencia, Antonio Ávila.

Regula incompatibilidades que se refieren a la imposibilidad de simultanear las funciones en los órganos de gobierno con un cargo político electo o un alto cargo en la Administración pública, para cuyo cumplimiento se establece un plazo máximo de tres años. En relación con las retribuciones de los miembros de los órganos, prohíbe la percepción simultánea de dietas y sueldos, mientras en el caso de la modalidad SIP o fusión fría y del ejercicio indirecto de la actividad a través de entidad bancaria, tampoco se permiten los sueldos o indemnizaciones dobles (una por la caja y otra por la entidad bancaria).

Estas retribuciones de directivos, que deberán ser aprobadas por las asambleas generales de las cajas de acuerdo con criterios de austeridad, no podrán ser en ningún caso superiores a las fijadas para el presidente de la Junta, ha precisado Ávila. Además, las cajas deberán presentar informes anuales a la Junta sobre el gobierno corporativo y las retribuciones.

El texto prohíbe renovaciones totales de los órganos de gobierno de las cajas tras la finalización de sus mandatos de seis años, medida que se aplica también en el caso de conclusión de los periodos transitorios de órganos de gobierno en procesos de fusión para la creación de nuevas entidades.

Para reforzar la capitalización y facilitar el acceso a recursos financieros en iguales condiciones que el resto de las entidades de crédito, el decreto-ley regula las figuras de los Sistemas Institucionales de Protección (SIP); el ejercicio indirecto de la actividad financiera de las cajas a través de entidades bancarias, y la transformación en fundaciones de carácter especial que gestionan la obra social.

Estos tres modelos organizativos deberán acordarse por una mayoría reforzada de dos tercios en la Asamblea General. En el caso de las dos primeras opciones, la autorización corresponde a la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, mientras que la tercera será autorizada por el Consejo de Gobierno. La caja que se convierta en fundación de carácter especial estará bajo el protectorado de la Consejería, que tendrá derecho a designar un representante en su Patronato. Los representantes originarios podrán formar parte del primer Patronato de la nueva fundación y permanecer en el cargo por el tiempo que les reste hasta la finalización de sus mandatos.

Respecto a los porcentajes de representación, las corporaciones municipales reducen su proporción del 22 al 15%, mientras que la Junta de Andalucía pasa del 15 al 12 %. Por el contrario, incrementa su peso (del 8 al 18%) el grupo englobado bajo la denominación “Otras Organizaciones” en el que se incluyen los colectivos con representación en el Consejo Económico y Social de Andalucía (empresarios, sindicatos, economía social y consumidores, entre otros). Mantienen la misma representación los impositores (27%), los empleados (15%) y las entidades fundadoras (13%).La nueva regulación de las cajas de ahorros se completa con la introducción de la presencia equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de gobierno de las cajas. Destaca, igualmente, la obligación de que las cajas foráneas que operen en el territorio andaluz a través de SIP o de bancos reviertan con su obra social la proporción de beneficios obtenidos por su actividad en la comunidad.

El decreto incluye la creación del Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas, dotado con 70 millones de euros, un instrumento que financiará los planes en esta materia incluidos en el programa de apoyo a empresas viables con dificultades coyunturales.

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