Tras esa reunión, el Área de Agricultura del Ayuntamiento de Lora del Río –cuya responsable municipal es Carmen Reyes Varo- ha puesto en marcha una campaña informativa de adhesión de nuevos socios a la ADF de Lora del Río, con un plazo que va del lunes 31 de enero al viernes 11 de febrero, y dirigido a todos aquellos titulares de terreno forestal del término municipal de Lora del Río. Las solicitudes pueden recogerse bien en el propio Ayuntamiento de Lora del Río o en la Cooperativa del Campo ‘San Sebastián’. Así, los beneficios por pertenecer a una ADF son una reducción del 25% en la Tasa de Incendio (en caso de que el fuego pasara por la parcela del socio), y hasta un 100%, si se tiene Plan de Prevención de Incendio de la Parcela (se realizarán en el Ayuntamiento).
Dentro de la planificación general y la prevención de incendios forestales existe la figura de las Agrupaciones de Defensa Forestal, entidades de utilidad pública con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, destinadas a realizar de forma coordinada las tareas precisas para la prevención y extinción de incendios forestales.
El ámbito de actuación de estas Agrupaciones de Defensa Forestal puede ser municipal o supramunicipal, pudiendo formar parte de las mismas los municipios afectados, los titulares de terrenos forestales o sus asociaciones legalmente constituidas, así como las organizaciones profesionales agrarias, cooperativas y asociaciones relacionadas con la conservación de la naturaleza vinculadas a los entes locales integrados en la Agrupación y asociaciones o entidades dedicadas a la defensa contra incendios forestales.
Las Agrupaciones de Defensa Forestal son otro cauce de participación y prevención social de incendios forestales que la legislación permite, y además precisa que es muy importante para que éstas funcionen la participación de mayor número de interesados posibles (Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, ayuntamientos, asociaciones agrarias y oficinas técnicas, y en última instancia y los más interesados, los propietarios de los terrenos forestales), aparte de la exención del 25% de la Tasa de Extinción de Incendios que se tiene al estar inscrito en la misma, entre otros beneficios. Esta figura, siendo operativa y con una mínima organización, permite afrontar un posible incendio forestal de la forma más eficaz y conseguir apagarlo en el menor tiempo posible.
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