El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha abonado en Andalucía 57,6 millones correspondientes a las nóminas de diciembre de 143.126 trabajadores afectados por los ERTE aprobados para sus empresas, lo que refleja un descenso del 71% de los contabilizados en mayo.
Desde el pasado abril el número de perceptores se incrementó en mayo y junio, cuando la cifra de trabajadores en ERTE pasó de 380.734 a 498.820 y 404.966, respectivamente, y a partir de junio las personas cubiertas por esta prestación comenzaron a disminuir progresivamente, pasando a contabilizar 275.930 en julio, 209.169 en agosto, 178.307 en septiembre, 117.146 en octubre y 133.035 en noviembre.
En un comunicado, la delegada del Gobierno en Andalucía, Sandra García, ha resaltado que la voluntad del Gobierno "sigue siendo proteger el empleo, asegurar las coberturas sociales, afianzar el Estado del bienestar minimizando en lo posible el impacto de la pandemia y mantener el tejido empresarial y productivo hasta superar esta crisis sanitaria”.
Precisamente esa es la finalidad del acuerdo alcanzado ayer entre el Gobierno y los agentes sociales para prorrogar los ERTE desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo, en condiciones similares a las existentes hasta ahora, el tercer gran acuerdo desde el inicio de la pandemia, ha indicado la delegada.
El acuerdo contempla la prórroga de todos los ERTE basados en causas relacionadas con la covid-19 y, dentro de éstos, se reconocen de nuevo exoneraciones a empresas que sean titulares de los mismos y pertenezcan a sectores con una elevada tasa de cobertura por el expediente y una reducida tasa de recuperación de actividad, si bien se utilizan criterios objetivos más generosos para determinar estos sectores, lo que da lugar a la incorporación de nuevos CNAE, que implican que se proteja a empresas que dan empleo a casi 50.000 personas trabajadoras más.
Se prevé expresamente la posibilidad de que aquellas empresas que se vean afectadas por restricciones que impidan o limiten su actividad soliciten a la autoridad laboral un ERTE de limitaciones o impedimento en idénticos términos de tramitación y requisitos que los del III Acuerdo Social en Defensa del Empleo.
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