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Cádiz

Una Audiencia Provincial aplica ya la doctrina europea sobre la suelo

La Audiencia Provincial de Sevilla, pionera en aplicar la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE en la cláusula suelo dejando a un lado la del TS español

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Andaluc�a Informaci�n
  • Audiencia Provincial de Sevilla -

La Audiencia Provincial de Sevilla, sección 5ª, ha dictado sentencia con fecha del 29/12/16 en la que por primera vez tras desestimar el recurso de apelación interpuesto por Caja Rural, ha comenzado a aplicar la doctrina del Tirbunal de Justicia de la Unión Europea sobre cláusula suelo en las hipotecas, desmarcándose abiertamente de la doctrina fijada por el Tribunal Supremo español, tal y como informa el Bufete Ortiz Abogados. Y es que según la doctrina europea, si la cláusula es declarada abusiva por una Sentencia el banco está obligado a devolver todo el dinero cobrado indebidamente a sus clientes desde el inicio del contrato y no solo a partir del 9/05/13, que era el criterio seguido por el Tribunal Supremo español.

En este sentido, hace unas semanas, el 21 de diciembre de 2016, el Tribunal Superior de Justicia Europeo condenó a los bancos españoles a devolver todo lo ilícitamente percibido por los bancos a través de las cláusulas suelo, un mecanismo impuesto en la concesión de hipotecas en virtud del cual el hipotecado sale perjudicado cada vez que sube el Euribor, pero no se beneficia de toda la bajada del mismo, indica el Bufete Ortiz Abogados.

Al respecto, el citado bufete se pregunta “¿Qué hubiera sido lo normal que hubiera hecho cualquier empresa o ciudadano?” para responder que “cumplir con la Sentencia dictada por la Justicia Europea, devolver lo cobrado de más y conformarse, que para eso el TJUE es el máximo órgano judicial en Europa”. Sin embargo, “¿qué han hecho los bancos? Decirles a los clientes hipotecados que reclamen caso a caso y se gasten en pleitos parte de la cantidad que les ha sido usurpada para conseguir que muchos se aburran y desistan. A otros les han llamado y les han hecho firmar un papelito por el que le quitan la cláusula suelo a cambio de que renuncien a reclamar los atrasos. A la poca vergüenza”, señala el Bufete Ortiz Abogados.

Al respecto, “en amplios colectivos de consumidores, además, existe una amplia desilusión al presenciar la complicidad del gobierno con la banca que perpetró las cláusulas suelo, ante el fracaso del Código de Conducta que pretendían implantarle” y es que “existe un clamor generalizado que reclama que el Gobierno debe obligar a la banca a establecer de oficio – y sin instancia de parte, porque la parte dañada es infinitamente más débil que la banca que tan perversa fue – un calendario de devolución de lo cobrado en intereses con abuso contractual y de información, tal y como ha sentenciado el TJUE, que por cierto, ha puesto la cara colorada a nuestro Tribunal Supremo. Y no como está pasando, sin embargo, dejar que los afectados tengan que acudir sí o sí a los Tribunales con el consiguiente encarecimiento en tiempo y dinero del asunto”.

La Sentencia es pionera puesto que “es la primera vez  que una Audiencia Provincial en España acoge íntegramente la doctrina establecida por el TJUE. Obsérvese que la Sentencia de Europa es de fecha 21/12/16 y apenas transcurridos 8 días, el 29/12/16 la Audiencia Provincial de Sevilla la hace íntegramente suya”.

Los afectados, una joven pareja de Guillena, Sevilla, son clientes del despacho el Bufete Ortiz Abogados.

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