El juzgado de lo Mercantil 2 de Sevilla homologa el acuerdo alcanzado por Abengoa con el 75% de sus acreedores financieros, base de su solicitud de una prórroga de siete meses para seguir negociando con el resto de acreedores. El juez dice que el acuerdo es clave para la continuidad de la empresa.
En su auto, que puede ser impugnado por los acreedores financieros no incluidos en ese 75%, el juez Pedro Márquez detalla los motivos que sustentan su aprobación de la prórroga de siete meses.
"La prórroga del vencimiento de las obligaciones correspondientes a la deuda afectada es necesaria para la continuidad de la actividad de las deudoras [las 45 empresas del grupo Abengoa que están en preconcurso] por cuanto que, de no producirse, éstas no podrían soportar la carga financiera y se verían abocadas a la liquidación, previa declaración de concurso, mientras que con la misma y con las medidas petrificadoras de las posiciones de las partes en relación con la deuda afectada (no generación de intereses moratorios y restricción a la transmisión de la deuda o el crédito, según los casos), se abre la posibilidad de negociar una ampliación del crédito disponible, ya sea mediante la inyección de más capital, la capitalización de deuda, el establecimiento de quitas o cualquier otro mecanismo conducente al mismo fin", explica literalmente el documento.
Y continua: "En efecto, según se desprende de los estados financieros resumidos consolidados correspondientes al segundo semestre del ejercicio 2015, publicados en el Registro oficial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el grupo cerró el año 2.015 con una facturación de 5.755 millones de euros y un EBITDA (beneficio bruto de explotación calculado antes de la deducibilidad de los gastos financieros) de 515 millones de euros, de forma que nos encontramos ante el supuesto de un grupo empresarial viable desde un punto de vista operativo, pero apalancado desde un punto de vista financiero".
Rentabilidad y expectativas
"De acuerdo con el plan de viabilidad industrial a largo plazo, la concentración de las actividades de las solicitantes en construcciones para terceros y en proyectos llave en mano y concesiones, podrá determinar que logren un margen de entre el 8,75 y el 14 por ciento, generador de una mayor liquidez para el grupo. Finalmente, no puede perderse de vista que se han ido materializando actuaciones en el ámbito del plan de viabilidad que ponen de relieve las expectativas ciertas de que el resto de hitos precisos para la continuidad empresarial se vayan materializando. Tal es el caso de la suscripción a favor de una de las compañías del grupo (Abengoa Concessions Investments Limited), por una parte, de un contrato de préstamo por importe de 106 millones de euros con un conjunto de entidades financieras, el 24 de diciembre de 2.015, y, por otra parte, de un contrato de préstamo con algunos de los bonistas por una cantidad superior a 137 millones de euros, el 21 de marzo de 2.016. Todo ello con la finalidad de disponer de la tesorería necesaria y en el marco de las negociaciones mantenidas con ambos grupos de acreedores financieros".
"En consecuencia, el acuerdo se enmarca en un plan de viabilidad que prevé la continuidad de la actividad empresarial de las deudoras durante, al menos, cinco años, por lo que se cumple la exigencia de que la misma alcanzase el corto y medio plazo".
Proveedores y empleados
Junto a las consideraciones sobre los acreedores financieros (bancos y bonistas), el juez también se detiene en su auto en la protección que el acuerdo de espera de siete meses solicitado para llegar a un pacto financiero definitivo, y el plan de viavilidad industrial, aportan para los acreedores no financieros: los trabajadores y los proveedores.
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