Andalucía

El Defensor pide modificar la normativa de deducción autonómica por alquiler de vivienda para evitar perjuicio a inquilinos

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha abogado por que la Junta de Andalucía modifique la normativa reguladora de la deducción autonómica por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual, para así "garantizar a los inquilinos el derecho a aplicar la deducción"

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  • Jesús Maeztu -

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha abogado por que la Junta de Andalucía modifique la normativa reguladora de la deducción autonómica por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual, para así "garantizar a los inquilinos el derecho a aplicar la deducción con independencia de la actuación seguida por los arrendadores".

   En una resolución consultada por Europa Press, a raíz de una queja dirigida a Consejería de Fomento y Vivienda, Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), Consejería de Hacienda y Administración Pública, Agencia Tributaria de Andalucía, el Defensor sugiere a AVRA y Hacienda que promuevan una modificación de la norma sobre la deducción por alquiler de vivienda.

   Según explica el Defensor, en su escrito la interesada que ha formulado la queja, expone que es arrendataria de una vivienda en la ciudad de Granada desde 2007, "habiendo entregado al arrendador la fianza que se establece en la Ley de Arrendamientos Urbanos, cumpliendo desde entonces puntualmente sus obligaciones como arrendataria".

   Asimismo, ha explicado que dicha persona "en su declaración anual por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, ha venido incluyendo y practicándose la deducción autonómica por alquiler de vivienda establecida por la Junta de Andalucía", pero apunta que la Administración "no acepta la práctica de las deducciones referidas, al no haberse depositado la fianza por los propietarios".

   Por ello, esta particular "se muestra disconforme con este hecho, en la consideración de que en ningún caso la persona arrendataria debería resultar perjudicada por el incumplimiento de una obligación, que es el depósito de la fianza, exigible al arrendador, de conformidad con la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos".

   La Oficina del Defensor igualmente también ha tenido conocimiento de que el problema ya ha sido objeto de tratamiento por parte de la institución del Defensor del Pueblo, que ha formulado recomendaciones sobre la modificación de la normativa reguladora de la deducción autonómica por cantidades invertidas en el alquiler de vivienda, a los departamentos competentes de la Comunidad de Madrid y de la Generalitat Valenciana.

   Por ello, se ha admitido a trámite la queja y apunta que la obligación de depósito de la fianza otorgada en un contrato de arrendamiento es del arrendador, aunque reconoce que "en bastantes ocasiones la falta de diligencia en el cumplimiento de tales obligaciones que la normativa impone al propietario del inmueble arrendado, causa un grave perjuicio a las personas arrendatarias en sus expectativas de obtención de ventajas o beneficios fiscales, legalmente establecidos, sin responsabilidad alguna al respecto, lo que vulneraría el principio de seguridad jurídica contemplado en la Constitución".

   Recuerda que igualmente "se causa perjuicio a la Administración recaudadora".

   Por ello, el Defensor formula a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación y a la Agencia Tributaria de Andalucía una sugerencia para que "se adopte propuesta de iniciativa normativa, a elevar al órgano competente para su tramitación y aprobación, en el sentido de que sea modificada la normativa reguladora de la deducción autonómica por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual, garantizando a los inquilinos el derecho a aplicar la citada deducción con independencia de la actuación seguida por los propietarios arrendadores, permitiendo que aquéllos puedan efectuar la pertinente acreditación mediante copia del resguardo del depósito de la fianza en la AVRA o bien, mediante la copia de denuncia presentada ante dicha Agencia por no haberles entregado el justificante del depósito".

   En su opinión, la Administración autonómica "contribuiría en mayor medida a garantizar el derecho los andaluces a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, conforme a lo establecido en la Constitución".

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