El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado la imposibilidad de ejecutar una sentencia en la que obligaba al Ayuntamiento de Almuñécar (Granada) a acometer las obras de estabilización de la ladera en la que se ubica una urbanización con 450 viviendas con graves daños.
En un auto, el alto tribunal ha declarado la "imposibilidad técnica parcial" de ejecutar la sentencia dictada anteriormente también por el TSJA y en la que condenaba al Ayuntamiento de Almuñécar a, con ejecución subsidiaria, encargarse de la conservación y estabilización de la ladera de la urbanización Cármenes del Mar.
Cármenes del Mar es una urbanización de 425 viviendas que se vendió entre los años 2001 y 2005 por precios que rondaron los 100.000 euros.
Se construyó en la ladera de Cerro Gordo, en La Herradura, una zona que ha sufrido corrimientos de tierra que han ocasionado el derrumbe de algunas de las casas, la clausura por riesgo de otras y desperfectos graves en la mayoría de las construcciones.
Carmen Domínguez, de RocaJunyent-Gaona, Palacios y Rozados Abogados y letrada del Ayuntamiento, ha explicado que el auto reconoce que el Consistorio no puede acometer los trabajos encargados, que tendrían un "coste incalculable" por la situación geotécnica de la ladera.
Además, el auto establece que la sentencia también es inejecutable debido a que no existen garantías técnicas de que los trabajos den un resultado óptimo y que la maquinaria que hay que utilizar para tal fin compromete la propia estabilización de la ladera.
Ni las empresas constructoras de Cármenes del Mar ni las promotoras han hecho frente el progresivo deslizamiento de las viviendas.
El auto, contra el que cabe recurso de reposición, establece de forma clara la excepción de cumplir una sentencia cuando ésta sea material o legalmente imposible de ejecutar, lo que además genera jurisprudencia.
La causa judicial de Cármenes del Mar llegó al Supremo, que en 2019 ratificó una sentencia condenatoria de la Audiencia de Granada de 2017 y que refrendaba una dictada tres años antes.
Aunque el juzgado de Primera Instancia 12 de Granada ya había condenado a los responsables de las obras por las deficiencias de la urbanización y había acordado acometer unas obras de emergencia, las promotoras se declararon insolventes y dejaron en un limbo jurídico a los afectados.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es