El PSOE ha reaccionado este jueves a la sentencia del Tribunal Supremo acerca de la desestimación del recurso interpuesto por el PSOE de Rota en la representación de la que era su secretaria general, Encarnación Niño, sobre la sentencia de la Audiencia Provincial del 18 de noviembre de 2020. Un proceso para el que se ha puesto punto y final con esta sentencia del TS tras más de una década de litigio.
Tras conocer el fallo de esta sentencia, el PSOE mantiene su posición en que, aunque no se puede hablar ya según las sentencias de convenios delictivos, para el grupo este caso evidencia la existencia de que "hubo convenios irregulares fuera de la legalidad” y “que cada vez se van conociendo más”.
El PSOE interponía hace tres años un recurso a esta sentencia que, recuerda Daniel Manrique, vicesecretario general, la sentencia de la Audiencia Provincial, contradecía el recurso de la Fiscalía Anticorrupción, el Juez de Instrucción y otras secciones de la Audiencia Provincial de Cádiz. Se interpuso un recurso de casación porque en ese momento no se podía interponer de otro tipo en primera instancia -a diferencia que hoy en día porque se permite interponer un recurso de apelación al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma-. Esto fue determinante a la hora de interpretar el recurso, apunta el socialista, ya que en el recurso de casación, “tan sólo se puede fundamentar por causas concretas y no entra en la revisión completa del juicio”.
Es decir, las cuestiones que se recurrieron y que tenían cabida en esta herramienta judicial para el PSOE eran: Por un lado, recurrir sobre el hecho de que se negaba al PSOE como acusación popular legitimación para acusar por delitos de falsedad documental y, por otro lado, se interponía al PSOE la condena de las costas, sino que también había otra parte acusadora como el Ministerio Fiscal como acusación pública.
En este sentido, Manrique ha expresado que desde el PSOE están “parcialmente satisfechos” por la fundamentación de la sentencia. Este subraya que la sentencia les da la razón para la cual, el partido podría haber acusado a estas personas de un delito de falsedad documental: “La sentencia entiende que la Audiencia Provincial aplicó una doctrina de forma equivocada y se nos negó una legitimación que sí teníamos”. Y, por otro lado, aclara que la condena de las costas no puede ser por la totalidad del procedimiento judicial debido a que había otra acusación.
Este litigio que llega ahora a su punto y final, sin embargo, ha cumplido su razón de ser, apunta el socialista, porque “el dinero público que se había destinado para financiar obras privadas no se perdiera y volvieran a las arcas públicas”. Los promotores han devuelto esta cantidad que el Ayuntamiento les entregó “indebidamente” y en la actualidad los sectores SUMP-RI1 Y SUMP-RI2 en la entrada de Rota que se quedaron “empantanados” a raíz de esta irregularidad ya cuentan cada uno con su correspondiente proceso de urbanización -ayer tuvo lugar la recepción de las obras de urbanización de uno de ellos y en estas semanas se procederá a la segunda-. Faltaría en este momento suplir la irregularidad de la vía pecuaria del Arroyo Alcántara para concluir el proceso urbanístico de estos dos sectores que representa, ha apuntado el socialista, “la historia más negra de un gobierno municipal en Rota”.
Aunque se muestren satisfechos por algunos aspectos de esta sentencia, lamentan que si hubieran podido interponer un recurso de apelación al TS, entienden que “es muy probable” que la “sentencia hubiera sido otra” porque insiste, hay “indicios para que se hubieran podido analizar las pruebas de una manera más exhaustiva” y esto “pudiera haber dado lugar a otra sentencia distinta”.
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