No obstante, circular con la ITV caducada seguirá estando castigado con una multa de 150 euros.
Una instrucción de la Dirección General de Tráfico (DGT) que entrará en vigor el próximo 1 de mayo, modifica la aplicación del Real Decreto sobre inspección técnica de vehículos de 1994 que ordenaba a la Guardia Civil a retirar de forma inmediata los permisos de circulación de todos aquellos vehículos pillados sin la ITV.
Retirado el permiso, la normativa concedía un plazo de 10 días para pasar la inspección técnica, tras lo cual la Jefatura de Tráfico devolvía al titular el permiso de circulación intervenido.
En la nota interna, la DGT reconoce que en muchas ocasiones el titular del vehículo infractor pasaba la ITV en el plazo establecido y, al acudir a la Jefatura de Tráfico para recoger su permiso, éste todavía no había sido remitido por la Guardia Civil, lo que provocaba “numerosas situaciones conflictivas”.
Para evitar estos problemas, los agentes no retirarán físicamente el documento sino que entregarán un volante que autoriza la circulación del vehículo por un plazo máximo de 10 días, a los únicos efectos de trasladarse a una estación de la ITV para pasar la revisión.
En el caso de que el propietario no pase la inspección en ese plazo, la DGT ordenará la inmovilización del vehículo.
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