Jerez

El Consistorio endurece la nueva ordenanza de limpieza

En los espacios privados se contempla la responsabilidad de su limpieza y conservación

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  • La nueva normativa en materia de Limpieza contempla la obligatoriedad de mantener y conservar los espacios calificados como privados. -
  • Los propietarios de animales deberán recoger los excrementos y limpiar la zona
La Delegación de Limpieza del Ayuntamiento, cuyo responsable es el concejal  Juan Lozano, ha concluido el trabajo de redacción y elaboración de una nueva ordenanza municipal de limpieza para la ciudad . En la actualidad hay en vigor diferentes ordenanzas que afectan al ámbito de acción y gestión de la Delegación de Limpieza que necesitaban una modificación y actualización a la normativa vigente y a los nuevos modelos de gestión de los residuos.

Los trabajos de redacción han tenido por objeto regular dentro del ámbito de las competencias del Ayuntamiento todas aquellas actividades dirigidas a materias como la limpieza de los espacios públicos, la gestión de los residuos urbanos, fomentar actitudes encaminadas a la reducción, reutilización y reciclaje de los residuos, en orden a conseguir las adecuadas condiciones de salubridad, pulcritud y ornato urbano; favorecer, fomentar, bonificar fiscalmente, la recogida selectiva en origen de los residuos con cuantas experiencias, campañas y actividades que se consideren oportunas; potenciar actitudes respetuosas con la naturaleza y el medio ambiente; control y seguimiento de los sistemas y equipamiento destinados a la gestión de los residuos; régimen de autorizaciones y responsabilidad derivada del incumplimiento de los dispuesto en su articulado y régimen sancionador; implantación de medidas que penalicen y sancionen, con carácter progresivo el vertido de aquellos materiales de fácil identificación que cuenten con alternativas de reutilización o reciclables; concienciación ciudadana e implantación de nuevas técnicas de recogida y de gestión de residuos.

Trámites legales
Durante los últimos meses, la Delegación de Limpieza ha realizado  consultas previas a diferentes departamentos municipales para que aporten sugerencias, correcciones y modificaciones al primer borrador.
Así, durante el presente año 2010 se iniciarán los tramites legales, enviando el proyecto de ordenanza al secretario general del Consistorio para su informe, posterior trámite por diferentes Comisiones municipales antes de su aprobación provisional por el Pleno, periodo de información pública y publicación en Boletín como aprobación definitiva.

La nueva ordenanza consta de 86 artículos y están dividida en diferentes títulos. El primero sobre Disposiciones Generales, el segundo sobre Normas Relativas a los Residuos Urbanos, el tercero sobre Normas relativas a la Limpieza Pública y el cuarto referente al Régimen Sancionador.

En el titulo segundo se establecen las obligaciones del Ayuntamiento en la prestación del servicio de recogida de residuos urbanos domiciliarios y asimilados, el origen y la clase de residuos, las diferentes modalidades, sistemas, horarios y frecuencias de la recogida de residuos urbanos, entre otras cuestiones.

Con esta nueva ordenanza se pretende que se clarifique aún más, el nuevo concepto de residuo urbano y su clasificación, quedado  los residuos urbanos domiciliarios y asimilables como obligatorio su recogida por el Ayuntamiento, mientras que los  residuos urbanos específicos, como los producidos por actividades industriales, serán responsabilidad su recogida y tratamiento los que los generen.

En el titulo tercero, sobre las normas relativas a la limpieza pública, se desarrolla las competencia del Ayuntamiento en la limpieza de la vía pública, diferenciándose los espacios de responsabilidad municipal en cuanto a su limpieza, de los de carácter privado, de responsabilidad particular su limpieza y conservación.
Otro asunto abordado son las actividades en la vía pública que puedan ocasionar suciedad como obras, operaciones de carga y descarga, limpieza y reparación de vehículos, comercio ambulante,  actos y elementos publicitarios, distribución de publicidad por las calles o pintadas. El capítulo dedicado a los espacios privados, referido a la responsabilidad particular de solares y parcelas que se encuentren en suelo urbano o urbanizable. En este sentido, el propietario tendrá la obligación de vallarlos y mantenerlos libres de residuos y en condiciones de higiene, seguridad y ornato.

Por otro lado, destaca el capítulo dedicado a los animales en la vía pública, donde los propietarios de los animales deberán, de forma inmediata, retirar y recoger los excrementos que éstos realicen sobre elementos de la vía pública, debiendo, igualmente, proceder a la limpieza de la zona que hubiesen ensuciado.
Sobre el régimen sancionador, se subdivide en cuatro capítulos, el primero sobre Disposiciones Generales, donde se estable el procedimiento reglado para la tramitación de los expedientes sancionadores que se inicie por las infracciones a la Ordenanza, las medidas de Reposición y Reparación que los infractores, las medidas de ejecución subsidiaria y la vía de apremio.

En el segundo capitulo, incluye las medidas cautelares y reparadoras, que en aquellos casos en que exista algún tipo de riesgo o que se pudieran ocasionar peligro para la salud humana o daños para el medio ambiente se podrán adoptar. El tercer capitulo, sobre las infracciones, se clasifican en leves, graves y muy graves, tipificándose 30 acciones u omisiones como leves, 18 acciones u omisiones como Graves y 5 acciones u omisiones como muy graves.

El cuarto capitulo, de sanciones, se actualizan, tanto en adaptación a la nueva normativa vigente como a la proporcionalidad de las sanciones, valorándose el nivel de los perjuicios causados, naturaleza de la infracción, gravedad del daño causado al medio ambiente.

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