Valencia

El nuevo año escolar está marcado por la aplicación de la LOMLOE

La 'vuelta al cole' para los estudiantes de la Comunidad Valenciana será el próximo lunes 12 de septiembre

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  • Aula escolar. -

Con el regreso a las aulas a la vuelta de la esquina, los alumnos ya se preparan para el nuevo curso, que estará marcado por aplicación de la LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). La 'vuelta al cole' para los estudiantes de la Comunidad Valenciana será el próximo lunes 12 de septiembre.

Los cambios más significativos que trae esta normativa son la eliminación de las pruebas finales de las etapas; se añade el Bachillerato General, es decir, una mezcla de los bachilleratos especializados; las horas de lenguas oficiales y cooficiales; y la recuperación de los ciclos en Primaria y limitación para repetir un curso por etapa.

Hace unos días, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) decidía mantener la suspensión cautelar del artículo 11.3 del Decreto de 5 de agosto del Consell, en el que se establece la obligatoriedad de los ámbitos en 1º de la ESO.

Esta metodología consiste en combinar los contenidos de varias asignaturas en una misma clase. De este modo, se busca que los alumnos vinculen conocimientos de diferentes disciplinas con el fin de favorecer su aprendizaje.

Se trata de un método pedagógico que comenzó a emplearse durante el año de la pandemia y desde entonces se ha mantenido en vigor a pesar del rechazo de los representantes del profesorado y muchos responsables familiares.

La resolución del TSJCV deja en manos de los centros educativos la aplicación del modelo de agrupación. "Nada obsta que se haya aplicado la agrupación por ámbitos de conocimiento en los cursos anteriores atendiendo a la propuesta de los centros educativos dentro del ejercicio de su autonomía, pues lo que se suspende es la aplicación de manera obligatoria e imperativa", aclara el auto.

Además, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV afirma que no se discute la "idoneidad" de la agrupación y si es "un mecanismo idóneo para facilitar la transición entre las distintas etapas educativas", sino que "se debe limitar a la determinación de la concurrencia de los elementos fijados en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en orden a la adopción de las medidas cautelares".

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