La reforma de la Ley de Costas que amnistía a 125.000 viviendas dentro de la Zona de Servidumbre de Protección (adyacente al dominio público) entrará en vigor a partir de este viernes, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
No obstante, el Ministerio de Medio Ambiente matiza que esta normativa "en ningún caso" supondrá que se vaya a permitir construir donde antes no se podía. De hecho, en esta zona se autorizarán las obras para mejoras y modernización "siempre que no impliquen un incremento ni en altura ni en volumen" de la edificación.
El secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos, ya subrayó que cerca de 150.000 empleos directos y unos 2.000 millones de euros relacionados con la actividad económica de la costa dependían de esta nueva norma, que "trata de introducir sentido común en el litoral".
Según los datos del Gobierno, de las 40.000 ocupaciones actuales que se encuentran en Dominio Público Marítimo Terrestre (ribera del mar y de las playas), casi un 90 por ciento se encuentra en una situación irregular. Así, explica que esta normativa aporta soluciones a más de 500.000 ciudadanos que se vieron afectados por la anterior normativa de 1988.
Se trata de la primera vez que se plantea en la Ley de Costas incorporar una regulación específica para luchar contra el cambio climático en la costa española, además de que impone al Ministerio de Medio Ambiente la obligación de elaborar una estrategia para la adaptación de la costa a los efectos del cambio climático de cara a mitigarlos.
Con la reforma se prohíben también nuevas edificaciones en el litoral, tanto en el dominio público marítimo terrestre (ribera del mar y de las playas), como en su zona adyacente de servidumbre de protección. Se mantiene la prohibición de la edificación residencial en la costa, y se refuerza con mecanismos específicos preventivos, prohibiendo también que las obras de mejora impliquen aumentos de tamaño, altura o superficie.
EXCLUSIÓN DE 12 MUNICIPIOS
Igualmente, excluye núcleos de población (no los amnistía porque ya eran legales) del domino público terrestre porque son terrenos de núcleos urbanos, habitados desde antes de 1988, que afectan en su mayoría a viviendas sencillas de barriadas populares, no a hoteles o empresas.
En concreto, el proyecto de ley excluye del dominio público marítimo terrestre un total de 12 municipios: el poblado marítimo de Xilxes (Castellón), Moaña (Pontevedra); Serra Grossa (Alicante); Puerto de Santa Pola (Alicante); Empuriabrava (Gerona); Playa de Aro (Gerona); Ría Punta Umbría (Huelva); Caño del Cepo y el casco urbano de Isla Cristina (Huelva); Pedralejo (Málaga) y El Palo (Málaga).
Medio Ambiente ha concretado que, con esta decisión, se trata de atender a las necesidades de regulación de estos espacios habitados y consolidados y "cuya cartografía justifica las razones por las que no deben estar incluidos en el dominio público".
Además, en esta reforma se mantiene la anchura de la servidumbre de protección en 100 metros y únicamente se especifica cómo se aplica la regla especial de los 20 metros, ya prevista en la Ley de 1988 y se prohíben expresamente nuevas edificaciones en estas áreas.
La norma recoge también un mecanismo, bautizado por el Gobierno como 'cláusula anti-Algarrobico', que permite al Estado tutelar a las administraciones locales que vulneren la futura Ley de Costas, haciendo posible suspender de forma automática las licencias urbanísticas que atenten contra la protección del litoral.
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