Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

El Consorcio Provincial de Aguas no admite el recurso de C's

Contra el nombramiento de Ballesteros

Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Cargando el reproductor....

El Consorcio Provincial de Aguas de Sevilla, perteneciente a la Diputación, no ha admitido finalmente el recurso de reposición interpuesto por Ciudadanos, contra el nombramiento del exconcejal socialista Blas Ballesteros como nuevo gerente de dicho organismo. Mientras C's solicitaba revocar la contratación y declarar "desierta la convocatoria", dicho organismo ha declarado la "inadmisión" del recurso de reposición y ha denegado "la suspensión solicitada".

En su recurso de reposición, recogido por Europa Press, Ciudadanos reconocía que las bases de la convocatoria pública promovida por el Consorcio de Aguas para contratar a un nuevo gerente hacen referencia al Reglamento Orgánico de la Diputación de Sevilla. Dicho reglamento recoge de un lado que "el nombramiento del personal directivo de la Diputación del artículo 53 c) deberá efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional".

Pero por otro lado, este reglamento también estipula que "excepcionalmente, de manera motivada, atendiendo a las características específicas de las funciones del puesto, el presidente podrá incluir como requisito de acceso en la convocatoria la de tener la condición de personal laboral fijo de las administraciones públicas en puestos que requieran titulación superior o con contrato de alta dirección, o bien se trate un profesional del sector empresarial público o privado, titulado superior en todo caso, con experiencia en funciones directivas o gerenciales".

Ciudadanos, en ese sentido, señalaba que se ha "constatado que Blas Ballesteros no ostenta la condición de funcionario, requisito de acceso exigido en la convocatoria", toda vez que "para admitir candidatos que no tuvieran la condición de funcionarios, es requisito imprescindible que por parte del presidente de la Diputación se resuelva motivadamente a favor de dicha excepción, y se incluya como requisito de acceso en la convocatoria, extremo que no se ha verificado en la meritada convocatoria".

Pero en una resolución fechada el pasado 7 de octubre y recogida por Europa Press, el vicepresidente del Consorcio, Joaquín Fernández Garro, responde a dicho recurso de reposición señalando que "respecto al acuerdo de aprobación de las bases, el recurrente (el representante de C's en el Consorcio) se ausentó de la sesión de la junta general (en la que fueron aprobadas tales bases), por lo que carece de legitimación activa al respecto si pretendiera impugnar los requisitos de acceso", toda vez que el recurso de C's se dirigía contra la resolución como tal de la convocatoria.

LA "MOTIVACIÓN"

No obstante, aclara que "la motivación" señalada por C's en su recurso de reposición "corresponde no al presidente, sino a la junta general como órgano que ha aprobado las bases de la convocatoria".

Del mismo modo, la resolución del vicepresidente del Consorcio expone que "el plazo general para interponer el recurso de reposición (contra las bases del proceso selectivo) finalizó el 27 de julio", toda vez que el recurso de reposición de Ciudadanos contra la resolución que determina el nombramiento de Ballesteros como gerente del Consorcio fue formalizado el pasado 16 de septiembre. Finalmente, y respecto a la resolución que zanja el nombramiento de Ballesteros, se determina que "al no haber participado el recurrente como aspirante en el procedimiento selectivo, carece de la condición de interesado y por tanto de legitimación activa".

Así las cosas, mientras C's pedía revocar la contratación y declarar "desierta la convocatoria", la resolución que zanja su recurso de reposición declara la "inadmisión" del mismo y deniega "la suspensión solicitada".

EL NOMBRAMIENTO DE BALLESTEROS

A través de una resolución emitida el pasado 5 de julio por la Vicepresidencia del Consorcio Provincial de Aguas, se detalla que la junta general del consorcio aprobó el 27 de abril las bases correspondientes a la contratación de un gerente, con un plazo de cinco días para la presentación de las candidaturas.

En dichas bases figura como "requisito de acceso" al puesto ostentar la condición de "funcionario de carrera del Estado, de las comunidades autónomas, de las entidades locales o funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificadas en el subgrupo A1, con la licenciatura en Derecho o grado equivalente". No obstante, las bases señalan como se ha detallado lo estipulado en el Reglamento Orgánico de la propia Diputación.

Respecto a los currículos, según las bases del procedimiento de contratación, se valoraban "las distintas titulaciones universitarias cursadas"; "másteres o cursos superiores impartidos por administraciones públicas o entidades privadas con homologación, patrocinio o coparticipación, relacionados con la temática referida a Administraciones Públicas y la gestión de servicios públicos e instituciones sociales; y "la experiencia en puestos de dirección, gestión o coordinación en las Administraciones Públicas".

"Sólo una solicitud se ha presentado en tiempo y forma", resuelve en ese sentido la Vicepresidencia del Consorcio Provincial de Aguas, detallando que fue "inadmitida" una solicitud distinta, "al haberse comunicado fuera del plazo" habilitado en el procedimiento de contratación.

Dado el caso, la Vicepresidencia de este organismo resuelve nombrar como gerente del mismo a Blas Ballesteros, determinando que "las funciones y naturaleza, el régimen y derechos del citado puesto, así como sus retribuciones, que ascienden a la cuantía anual de 69.800,00 euros, serán las establecidas en el artículo 55 del Reglamento Orgánico de la Diputación para los gerentes de sus entes instrumentales".

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN