Sevilla

El centro comercial Vega del Rey, en espera de un acuerdo

El TSJA ha declarado nulo el procedimiento urbanístico que permitió su construcción. Habrá demolición si no se acuerda una indemnización

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Vega del Rey, en primer plano -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nulo un procedimiento urbanístico aprobado en 2002 que permitió la construcción del centro comercial Vega del Rey, en las afueras de Sevilla, lo que podría conllevar su demolición si no se acuerda una indemnización.

La sentencia del TSJA, a la que ha tenido acceso Efe, se ha dictado tras la reclamación presentada por tres hermanos a los que no se les notificó que sus terrenos, casi 7,5 hectáreas, se incluían en la operación urbanística, que también supuso la construcción de pisos y oficinas de la Junta de Andalucía.

Los reclamantes, al ser excluidos, "se han visto privados de sus derechos urbanísticos", "sin obtener a cambio contraprestación alguna" y "engrosando el patrimonio de otros propietarios", explica la sentencia.


El TSJA reprocha que los promotores no acudieran "en buena lógica" al Registro de la Propiedad para confirmar la titularidad de todas las fincas afectadas por la operación, entre ellas las de los hermanos reclamantes, a los que un juzgado contencioso administrativo no les dio la razón.

Tras el recurso que presentaron los hermanos, el TSJA ha decretado la nulidad de la resolución del 8 de abril de 2002 por la que se aprobó el proyecto de estatutos y bases de actuación de la Junta de Compensación Vega de Triana y de la unidad de ejecución del plan parcial PP6 El Manchón.

Además, ordena retrotraer el expediente al momento en el que deberían haberse practicado las notificaciones personalizadas e individualizadas a los propietarios afectados, cuyos terrenos no eran propiedad de la Empresa Pública del Suelo de Andalucía (EPSA), precisa el tribunal.

Esta decisión podría incluir la demolición de lo construido, aunque el tribunal señala que "ante la imposibilidad material o legal de ejecutar en todo o en parte" la sentencia, cabría fijar una indemnización a favor de los recurrentes.

En este sentido, los representantes legales de los recurrentes, del despacho Castibel Abogados, han dicho a Efe que, para evitar la demolición, pedirán una indemnización superior a los 20 millones de euros, cantidad resultante del valor de la finca, de los intereses desde 2002 y del lucro cesante que han padecido sus defendidos.

En octubre de 2006, recuerda el tribunal, los hermanos presentaron un escrito en la Junta de Compensación y a EPSA en los que reclamaban su inclusión en el organismo que agrupa a los propietarios.

También pidieron que se "subsanara la indebida adjudicación a EPSA de sus terrenos y los aprovechamientos que correspondían" y que la empresa pública se abstuviera de realizar cualquier acto de disposición sobre su finca, indica el TSJA antes de dar la razón a los hermanos.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN