El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado ajustado a derecho el ERE de Mercasevilla del 2013 porque concurren las causas económicas, organizativas y productivas y la empresa sufre una crisis derivada de sus anteriores expedientes y causas penales abiertas.
La sala de lo Social del TSJA, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, recuerda que con el nuevo reglamento del mercado, aprobado en mayo del 2013, cesó la obligación de los mayoristas de pescado de utilizar a trabajadores de Mercasevilla para descarga, facturación y cobro, por lo que "es evidente que los trabajadores vinculados a ese servicio son innecesarios".
El ERE de agosto del 2013 supuso el despido del 85 % de la plantilla, 129 trabajadores, y según el TSJA en los despidos "no se aprecia discrecionalidad alguna" y no se ha demostrado que los trabajadores afectados "hayan sido objeto de un trato discriminatorio".
Tampoco aprecia la sentencia una vulneración de los derechos sindicales pues incluso cinco miembros del Comité de Empresa afectos a los servicios suprimidos "han desplazado a vigilantes de su puesto de trabajo, por ser el único puesto en el que podían continuar prestando sus servicios", lo que ha dado lugar al despido de los vigilantes.
Dice el alto tribunal que "es evidente que la voluntad negociadora de los representantes de los trabajadores era más bien nula o como poco escasa, por lo que no se puede achacar a la empresa una falta de buena fe en la negociación por no aceptar unas condiciones de extinción del contrato que supondrían un desembolso económico que no podía asumir".
Entre otras irregularidades, la sentencia afirma que "es un hecho notorio la existencia de irregularidades en el anterior ERE de 2007, que ha dado lugar a unas diligencias penales que conoce toda España, así como la existencia de sentencias condenatorias que gravan en exceso la economía de Mercasevilla".
Entre otras, cita la de un juzgado de lo Social que, en noviembre del 2012, condenó a la empresa a abonar 7.773.000 euros por el ERE del 2007 que se negó a pagar la Junta.
El comité de empresa negó que existiera una situación negativa en Mercasevilla, pero los jueces recuerdan que su propio perito reconoce que la empresa se encuentra en "una situación económica muy delicada", con un "nivel de endeudamiento muy elevado" y una "gestión deficiente,a tenor de sus consecuencias, incluso penales".
La sala rechaza la acusación de "inconcreción" presentada por los trabajadores, pues hubo siete sesiones negociadoras "en las que se ha comunicado por activa y por pasiva a los trabajadores las distintas ofertas de la empresa y los motivos de extinción de contratos".
Entre otras circunstancias, el TSJA recuerda que existía una escuela infantil de Mercasevilla "de la que solo se beneficiaban cuatro trabajadores" y además "es claro que la prestación de esa actividad no es necesaria para el cumplimiento de los objetivos" de la lonja.
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