En la sentencia, el tribunal declara probado que, el 4 de mayo de 2007, la mujer se sometió a una operación maxilofacial, tras la cual los médicos pidieron al celador Máximo C.G. que “la bajara en el ascensor a su habitación en la segunda planta, desde la sexta en que se encontraban”.
“Durante el trayecto en el ascensor, el acusado, viendo que la mujer llevaba los ojos cerrados y aprovechando que estaban solos la efectuó, al menos dos veces, tocamientos en la zona vaginal”, añade la sala.
La paciente, “incapaz de reacción y confusa ante lo que sucedía, rompió a llorar”, momento en el que el celador “trató de calmarla al tiempo que le tocaba un pecho”.
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