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Condenan a una pareja por cultivar marihuana en su casa de Vélez y defraudar a la compañía

El tribunal les impone dos años y dos meses de cárcel pero suspende el ingreso en prisión durante tres años, condicionado a un tratamiento

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  • Plantación indoor de marihuana (archivo). -
  • La Audiencia aprecia la atenuante de consumo de estupefacientes y les obliga a indemnizar a la compañía eléctrica con 400 euros
Una pareja que reside en la localidad de Vélez-Málaga ha sido condenada por la Audiencia Provincial de Málaga como autores de un delito contra la salud pública y otro de defraudación del fluido eléctrico, después de que fueran detenidos por la Policía Nacional en 2018 ocupándoles diversas sustancias estupefacientes, entre ellas marihuana que era cultivada en su residencia particular, donde utilizaban para ello la corriente del suministro eléctrico sin autorización.
 
La Sección Primera de la Audiencia de Málaga acepta la sentencia de conformidad acordada entre la pareja, de 41 y 42 años, y el Ministerio Fiscal, que pese a los antecedentes penales de uno de ellos asume su dependencia a las drogas y el compromiso de someterse a programas de desintoxicación. 
 
Las diligencias fueron investigadas por el Juzgado de Instrucción número 4 de Vélez-Málaga, que determinó el ingreso en prisión provisional de ambos por esta causa.
 
La sentencia declara como hechos probados de conformidad con los acusados que la pareja se había venido dedicando de forma habitual a la venta de sustancias estupefacientes en su vivienda de Vélez-Málaga, siendo también moradores de la misma. 
 
El día 13 de junio de 2018, sobre las 21:30 horas, vendieron a un varón un envoltorio que contenía cocaína, aminopirina y dipirona, con un peso neto de 0'65 gramos, pureza de 52'38 % y un valor en el mercado de 77'64 euros. 
 
Semanas después, el 23 de agosto, los acusados efectuaron también la venta de otra bolsita conteniendo cocaína, con un peso neto de 0'25 gramos, pureza de 68'18%, siendo su valor en el mercado de 38'87 euros, y más tarde efectuaron una tercera operación de venta a otro individuo de una bolsita de cocaína con un peso neto de 0'30 gramos, pureza de 81'34 % y valor en el mercado de 55'65 euros. 
 
REGISTRO POLICIAL DE LA VIVIENDA
 
Como consecuencia de estas y otras ventas se solicitó por los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía la entrada y registro en la vivienda el día 4 de septiembre, en la que los agentes se incautaron de resina de cannabis (con un peso neto de 31'15 gramos, pureza de 24'43 % y valor en el mercado de 200'36 euros), así como distintas cantidades de dinero que hacían un total de 480 euros. También se hallaron bolsas con recortes para preparar envoltorios del menudeo de sustancias psicotrópicas.
 
Según la sentencia, en el registro realizado ese mismo día en la casa se intervinieron varios utensilios necesarios y productos para la instalación de un cultivo de marihuana, de tal modo que los acusados habían ideado en la vivienda una "instalación que les permitía de un modo fraudulento proveerse de energía eléctrica para el cultivo, fabricación, elaboración y mantenimiento ilegal de plantas de marihuana". 
 
La cuantía de lo defraudado, conforme a la tasación pericial judicial, es de 400'11 euros, y las sustancias intervenidas podían haber adquirido un valor en el mercado de 590 euros. El fallo recoge que "los acusados presentan adicción a las drogas que limitan, con el fin de conseguirlas, su capacidad para acomodarse a los parámetros sociales de rigor, que imponen no traficar con estupefacientes". 
 
En estas circunstancias, el Ministerio Fiscal modificó su conclusiones en el juicio celebrado el pasado febrero y consideró que los hechos eran constitutivos de un delito contra la salud pública previsto y penado en la modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño para la salud, y otro delito leve de defraudación del fluido eléctrico, con la concurrencia de las circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal por toxicomanía. 
 
Por ello, la Fiscalía pidió que se les impusiera, por el delito contra la salud pública, la pena de 2 años de prisión y multa de 1.000 eurosy por el delito leve de defraudación del fluido eléctrico la pena de multa de dos 2 meses, a razón de una cuota diaria de diez euros
 
Asimismo deberán indemnizar a la compañía de servicio público de electricidad en la cantidad de 400 euros con el interés correspondiente desde 2018. Los dos acusados mostraron su conformidad con los hechos imputados y el Ministerio Fiscal informó favorablemente la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por un plazo de tres años, condicionada a que los acusados continúen con el tratamiento de deshabituación con verificaciones semestrales de dicho tratamiento. 

 

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