Sevilla está consolidando un modelo turístico en alza: las viviendas de uso vacacional. Los estudios de arquitectura han visto crecer la demanda de clientes para rehabilitar sus inmuebles manteniéndolos como viviendas unifamiliares para destinarlos a alojamientos.
El motivo de este crecimiento se basa en una forma de recorrer el mundo, el turismo de sensaciones. Y es que los visitantes apuestan cada vez más por residir, los pocos o muchos días que estén en un lugar, en un entorno con personalidad y estilo, que se asemeje a los hogares del destino elegido.
Por otro lado, este tipo de rehabilitación mantiene los aspectos tipológicos de interés en aquellos edificios que se encuentran protegidos por su interés patrimonial, ya que la reforma de edificios que originalmente estaban destinados a viviendas unifamiliares es bastante menos agresiva que su reforma para apartamentos turísticos.
Este factor, cada vez más frecuente en los viajes, está repitiéndose con insistencia en la capital andaluza y en otras provincias de la comunidad autónoma, disparando el censo de viviendas de uso vacacional. Puedes olvidar el estilo de un hotel, si estaba decorado con vidrio o con acero, similar a los apartamentos turísticos tan extendidos hoy en la ciudad, pero recordarás con intensidad la casa que habitaste y aquellos pequeños detalles del lugar que atesoraban.
“Lo que más nos piden nuestros clientes es que la vivienda turística provoque sensaciones en el cliente y le ayude a sentirse cómodo y confortable. Que lo que perciba sea similar a como se sentiría en un hogar de Sevilla”. El régimen de establecimientos de apartamentos turísticos o de viviendas con fines turísticos es diferente (pueden ser viviendas unifamiliares o viviendas integradas en un edificio plurifamiliar).
En líneas generales, los establecimientos de apartamentos turísticos han de contar con licencia de actividad emitida por el Ayuntamiento, hojas de reclamaciones y constar en el Registro de Turismo de Andalucía a través de la delegación provincial de Turismo. El éxito del modelo está llevando a los pequeños inversores a apostar por una fórmula que no deja indiferente a los turistas. En el caso de las viviendas con fines turísticos la normativa es menos exigente, aunque existen ciertas limitaciones para garantizar la calidad y la seguridad, en especial los aspectos de amueblamiento, oscurecimiento de habitaciones y climatización, y bastaría con la licencia de ocupación de la vivienda o la solicitud al Ayuntamiento correspondiente de una licencia similar con esta exclusiva finalidad, para poder acceder al registro de la vivienda en la Delegación Provincial de Turismo.
El tiempo máximo para un mismo usuario de estas viviendas de forma ininterrumpida es de dos meses, y las ubicadas en el medio rural se regulan por su normativa específica de Turismo en el medio rural. Existe además un número máximo de dos de estas viviendas explotadas por un mismo titular, tanto en el mismo inmueble como en edificios contiguos. Las viviendas pueden ser destinadas a fines turísticos de forma completa o por habitaciones, debiendo la persona propietaria residir en ella en el último caso. Su capacidad estará limitada por lo dispuesto en la licencia de ocupación con un máximo de quince plazas, y en el caso de uso por habitaciones un máximo de seis, con un máximo de cuatro plazas por habitación.
Es la respuesta directa a una nueva forma de viajar, estimulada por el deseo de tener una relación más directa con las personas del lugar… apuesta por la sostenibilidad y pretende una nueva dimensión ambiental y paisajística, mediante la adecuada conservación de los recursos: el patrimonio de la ciudad.
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