Nuestros políticos en general desconocen las normas. Ignoran, alarmantemente, los bienes jurídicos superiores, la jerarquía del Derecho. Nuestros políticos municipales llegan más allá. Fomentan el ruido.
Los derechos jurídicamente superiores prevalentes son:
La salud, la intimidad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de residencia.
El interés general no es un concepto jurídico demagógicamente en blanco, sólo puede alegarse muy motivadamente y por el alcalde o el pleno, en ningún caso por un concejal. Y con los requisitos formales y procesales pertinentes.
Que el Ayuntamiento quiere ayudar a las bandas: que le ponga un autobús y las lleve al Estadio de la Cartuja y les regale bocadillos a sus miembros.
Nadie denuncia por denunciar. Y nunca actúa la Policía Local a primera demanda en estos casos.
Las bandas de música cobran. Y determinadas hermandades tienen medios para dotarlas de ubicaciones idóneas que no molesten a nadie.
Piensen en la salud de los vecinos. Todo lo demás es populismo barato.
Ésto es lo que indica la Ordenanza Municipal en su art 27. c):
“Bandas de música: los ensayos de bandas de música deberán desarrollarse en zonas de la ciudad convenientemente distanciadas de edificios de viviendas, o en locales suficientemente aislados no colindantes con viviendas ni ubicados en edificios de viviendas, de forma que se cumplan los límites de inmisión de ruido en el exterior, a nivel de las fachadas de los edificios de viviendas más cercanos, así como los límites de inmisión de ruido en el interior de recintos ajenos acústicamente colindantes. En cualquier caso, los ensayos de las bandas de música tendrán prohibido su desarrollo entres la 0:00 y las 10:00 h”.
Un Estado de Derecho significa que la Administración debe cumplirlo y dar ejemplo. No saltárselo por razones pueriles.
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