Huelva

El Ayuntamiento de Almonte dice que "cumplirá lo que diga la ley" sobre la posible exención del IBI para las hermandades rocieras

Aunque ello suponga "una merma económica para las arcas municipales", afirma el concejal de Urbanismo y Ordenación del Territorio almonteño, Antonio Joaquín Díaz

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  • Aldea de El Rocío -

El Ayuntamiento de Almonte, gobernado por María del Rocío Espinosa (PSOE), está "totalmente dispuesto a dar cumplimiento a lo que diga la ley" al respecto de la posible exención del pago del IBI por parte de hermandades de la aldea almonteña de El Rocío, aunque ello suponga "una merma económica para las arcas municipales".

"Si la ley afirma que algunas de estas hermandades no deben pagar el IBI, así se cumplirá", ha señalado este sábado a Europa Press el portavoz municipal y concejal de Urbanismo y Ordenación del Territorio almonteño, Antonio Joaquín Díaz, después de que, según ha explicado, "cuatro hermandades han solicitado no pagar este impuesto".

En concreto, ha citado a la Hermandad del Rocío de Huelva, a quien, como ya han informado varios medios, el juzgado ha dado sentencia a su favor, a la Hermandad de Triana (Sevilla), a la Hermandad del Rocío de Marbella (Málaga), y a la Hermandad de El Rocío de Coria del Río (Sevilla). Asimismo, una asociación de los Testigos de Jehová ha requerido lo propio, según ha apuntado.


No obstante, al respecto de la hermandad de Nuestra Señora del Rocío de Triana, perteneciente a Sevilla, el concejal ha explicado que "no presentó antes de fin de año (2015) la documentación pertinente para ser eximida del pago del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) en sus casas de la aldea para este 2016", tras la resolución del Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, en la que se expone que la hermandad "habría cumplido la obligación exigible".

Díaz ha señalado que el pasado 14 de diciembre se le notificó al Defensor del Pueblo Andaluz que "si la Hermandad de Triana quería que su petición fuera estudiada por los servicios jurídicos del Consistorio almonteño, debían presentar un escrito que acreditara que cumplían los requisitos para ser amparados en la Ley 49/2002 de régimen fiscal de entidades sin fines de lucro", con la que estaría exenta de pagar el IBI.

"No sólo se le notificó, sino que se le instó a que se lo comunicara a Triana", ha añadido Díaz, al mismo tiempo que ha afirmado que "como la hermandad no ha presentado los citados requisitos antes de fecha 31 de diciembre, no podrá ser eximida de este impuesto para el 2016". "Podría serlo para el próximo año si presenta el referido documento", ha apostillado, para recordar que "ya son cuatro las hermandades que han solicitado no pagar este impuesto".

Cabe recordar que la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz citó una resolución de fecha 28 de noviembre de 2014 en la que el Ayuntamiento de Almonte denegaba la exención tributaria solicitada por Triana "por no haberse acreditado el extremo de la afectación del bien a la función propia de la entidad sin ánimo de lucro", alegando la hermandad "haber acreditado debidamente desde el inicio de las actuaciones administrativas todos los requisitos legalmente establecidos que le fueron requeridos por el Ayuntamiento".

Al respecto, esgrimía la hermandad una certificación de fecha 5 de diciembre de 2014, expedida por el secretario de la misma, en la que se hacía constar que "las casas de la hermandad de Triana en la aldea del Rocío no están sujetas a explotación económica, ni tienen finalidad económica alguna, siendo utilizadas sólo para albergar a los hermanos durante las peregrinaciones y para los fines de caridad, asistenciales y espirituales".

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