El Ayuntamiento de Granada adoptará más control sobre los pisos y viviendas de uso turístico incluyéndolos dentro de la normativa de los establecimientos hoteleros, por lo que deberán cumplir los requisitos que exige la legislación andaluza por la que se rigen este tipo de negocios.
Así lo ha anunciado este domingo la alcaldesa de Granada, Marifrán Carazo, que ha anticipado que esta modificación se abordará este lunes en la Comisión de Urbanismo, Limpieza Viaria, Mantenimiento y Participación Ciudadana del Consistorio, en el que supone un "nuevo paso" del Gobierno local para "limitar" este tipo de inmuebles de uso turístico.
De este modo, se abordará un "criterio de interpretación" a partir del que el Ayuntamiento de Granada se dota de las “herramientas” requeridas por el ordenamiento jurídico para abordar la regulación y control “por razones imperiosas de interés general” de este tipo de alojamientos turísticos, ha informado el consistorio en una nota de prensa.
Esta medida se tramita en paralelo a una innovación del Plan General de Ordenación Urbana de 2001, a través de la que el Ayuntamiento adapta el planeamiento urbanístico a “la normativa sectorial andaluza de turismo” y a la nueva realidad del sector de la hostelería y el turismo de la ciudad, donde, según la alcaldesa, "se ha generado un problema" derivado del incremento de la implantación del uso turístico de la vivienda residencial.
Carazo ha recalcado la “agilidad y determinación” del Gobierno municipal en adoptar la “medidas inmediatas y necesarias” para ejercer “con seguridad jurídica” la competencia que el decreto 31/2024, de 29 de enero otorga a los ayuntamientos de cara a regular a través del planeamiento urbanístico el uso turístico de las viviendas.
En este sentido, ha aclarado que, además de la innovación del PGOU de 2001, sobre la que ya trabaja la concejalía de Urbanismo, tras decreto de alcaldía dictado con fecha de 12 de junio, el nuevo criterio de interpretación aborda la ampliación del término actual de establecimiento hotelero, con categoría de residencial singularizado en el PGOU, que pasa a denominarse “alojamiento turístico", por lo que se harán extensivos los requisitos al sector de la hostelería y turismo establecidos por la ley de Turismo de Andalucía a las viviendas y pisos de uso turístico.
Carazo ha adelantado que el nuevo “criterio de interpretación” obliga a garantizar, entre otros requisitos, “un acceso independiente" al inmueble en relación con el acceso al resto de los usos implantados sobre el mismo inmueble y permitirá al Ayuntamiento de Granada ejercer su potestad de “intervención administrativa" de comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos por el Plan para este tipo de actividad.
Según ha explicado, para la inscripción y puesta en marcha de actividad de una vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía se deberá acreditar que la vivienda “resulta compatible" para el uso turístico conforme al uso residencial singular recogido en el PGOU, aspecto que requerirá de declaración responsable de compatibilidad con la normativa andaluza.
Previamente, la verificación de dicha compatibilidad, en base al principio de jerarquía competencial, pasará a ser ejercida por el Ayuntamiento de Granada que, en base al nuevo criterio de interpretación, será la institución encargada de otorgar la licencia sobre el cambio de uso del piso o vivienda a residencial singular.
Este nuevo trámite pasará a ser preceptivo y obligatorio para inscribir el inmueble en el registro de viviendas y pisos de uso turístico de la Junta de Andalucía.
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