La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Sevilla ha declarado que se está vulnerando el derecho fundamental a la huelga invocado por CGT ante la imposición del 100% de servicios mínimos en las huelgas que este sindicato mantiene en el centro de trabajo del servicio telefónico de gestión de emergencias del 112 de Cádiz, ya que que impide de facto que los trabajadores llamados a la huelga puedan ejercitar ese derecho fundamental.
La “política disciplinaria y de represión” hacia los representantes sindicales, el “absoluto desprecio” al cumplimiento de las normas laborales mínimas y la situación de “alto stress laboral provocado por la drástica reducción de plantilla” mientras aumentan sensiblemente el número de llamadas y un sistema informático “nefasto y que crea múltiples problemas de salud a la plantilla”, siguen siendo los motivos principales de los paros actuales que continúan a los ya realizados en de primavera, que se repitieron en verano y que continúan en la actualidad.
Se da la circunstancia de que estos empleados –por esa imposición del 100% de servicios mínimos- son considerados personal de servicios esenciales para la comunidad pero sólo en caso de huelga ya que esa condición no se les reconoce ni por el convenio colectivo que se les aplica ni por las condiciones laborales que se les imponen, propias de sistemas esclavistas, de la mano de empresas comisionistas que se enriquecen a costa de los presupuestos públicos de la Junta sin exponer absolutamente nada, gozando del favor del partido del Gobierno que ha otorgado la exclusividad en los servicios de emergencias 112 y 061 en Andalucía a la empresa Ilunion (del grupo ONCE), que muy lejos de la labor social que predica en todos sus mensajes publicitarios ejerce como empresa inquisidora y maltratadora de sus trabajadores en todos los aspectos laborales”.
Este sindicato exige públicamente la dimisión de los responsables políticos que firmaron los decretos que ahora han sido declarados ilícitos o el cese fulminante de los mismos, congratulándonos de esas sentencias, que aun admiten recurso ante el Tribunal Supremo; y demanda a los poderes públicos andaluces “que dejen de conculcar derechos fundamentales de los recogidos en la Constitución española, respetando los básicos derechos de los trabajadores andaluces, aun cuando esto suponga que se evidencie la mala gestión que el Gobierno andaluz viene realizando en los servicios públicos de emergencias.
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