Informan de que la Ley 29/2005 de 29 de diciembre, de publicidad y comunicación institucional, en su artículo 3 establece las bases que han de tener las campañas institucionales para que sean legalmente admisibles. “Comunicar programas y actuaciones públicas de relevancia e interés social es el único de los supuestos que, cogido por los pelos, puede esgrimirse para cantar a bombo y platillo las pretendidas virtudes del gobierno municipal en materia de política fiscal. Su legalidad es a todas luces cuestionable, pero su ilegitimidad es evidente sin ningún género de dudas”.
El comité local de UPyD rechaza y condena este tipo de actuaciones y convoca a todas las fuerzas políticas y sociales a firmar un pacto local por el uso legítimo de la publicidad institucional por parte del Ayuntamiento. Entienden que “existiendo la necesidad de campañas de concienciación e información” en tantas materias, “es una auténtica vergüenza que este Ayuntamiento malgaste los recursos públicos en campañas de autoafirmación y propaganda”
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