Andalucía

72 millones de la Junta para el fomento del desarrollo industrial

La Consejería de Economía ha aprobado 1.028 proyectos empresariales

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  • Agencia Idea.

La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad ha aprobado 1.028 proyectos empresariales acogidos al Programa para el Desarrollo industrial, la Mejora de la competitividad, la Transformación digital y la Creación de empleo, que supondrá la concesión de 71,7 millones de euros en ayudas públicas.

Esta línea de incentivos, gestionada por la nueva Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), ha sido reactivada en esta legislatura en el marco del plan de reestructuración de dicha entidad instrumental, que ha permitido lograr una nueva estructura "más ágil y profesional" e impulsar sus distintos instrumentos financieros de apoyo al tejido empresarial, según un comunicado de la Junta.

Los 1.028 proyectos aprobados llevan asociada una inversión empresarial superior a los 194 millones de euros y suponen la generación o mantenimiento de 13.248 empleos.

Las ayudas concedidas cubren de media un 37 % de las inversiones realizadas, según detalla la nota.

La Agencia IDEA ha conseguido duplicar el ritmo de tramitación de estos incentivos, al pasar de gestionar una media de 100 proyectos mensuales en el primer trimestre frente a los 54 de la etapa anterior, y a aprobar una media de 40 proyectos al mes frente a los 21 anteriores.

Este programa, dotado con 174 millones, cuenta con diferentes líneas de ayuda, aunque en la actual coyuntura marcada por la crisis sanitaria de la COVID-19 ha adquirido una especial relevancia la convocatoria dirigida a la de transformación digital de las pymes andaluzas, que acumula la mitad de los proyectos aprobados.

Precisamente, al comienzo de la pandemia, la Consejería de Economía decidió incrementar en nueve millones las ayudas destinadas a la transformación digital de las pymes andaluzas hasta alcanzar 22 millones con el fin de facilitar que las pequeñas y medianas empresas se doten de los medios técnicos necesarios para posibilitar el teletrabajo de su personal.

Además de esa modificación del Programa para el Desarrollo industrial, se han introducido otros cambios con el objetivo de agilizar aún más la tramitación y facilitar el acceso de las empresas a esta financiación para el desarrollo de proyectos.

Así, se han reducido y simplificado los trámites y requisitos administrativos para optar a este programa global y se han ampliado, además, los plazos para la acreditación de las ayudas previstas.

Esto permitirá a las empresas beneficiarias que se hayan visto obligadas a efectuar un ERTE por el estado de alarma disponer de un plazo adicional de 18 meses para poder justificar las condiciones de creación y mantenimiento de empleo, respectivamente, a las que obliga la concesión de estos incentivos.

También se establece un plazo adicional de 15 meses para poder ejecutar y justificar los proyectos de inversión.

Entre las modificaciones introducidas en la orden reguladora, destaca la relativa a la obligación que tiene la empresa de demostrar su capacidad económica-financiera para afrontar el proyecto de inversión planteado en la solicitud que, desde ahora, sólo se requiere en la fase de análisis del proyecto, antes de la resolución de la ayuda.

A ello se suma el cambio que exime a las pequeñas empresas de nueva creación de la condición general de no encontrarse en situación de crisis para optar a los incentivos.

Con esta modificación, quedan exentas las entidades que reúnan las siguientes características: una antigüedad no superior a cinco años, no superar los 50 trabajadores, poseer unos activos inferiores a 43 millones de euros y unas ventas inferiores a 50 millones.

Además, tendrán que estar debidamente registradas e inscritas, no haber repartido beneficios y no haber formado parte de un proceso de concentración con otras pequeñas empresas.

Otra de las novedades introducidas hace alusión a la deslocalización, de forma que la empresa deberá presentar una declaración responsable de que no ha efectuado el traslado de su actividad industrial hacia la ubicación en la que tendrá lugar la actuación prevista en los dos años anteriores a la solicitud.

Además, deberá comprometerse a no hacerlo en los dos años siguientes desde que se haya completado la inversión para la que pidió los incentivos. 

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