Andalucía

Se incrementan en un 10'83% las solicitudes de arbitraje en consumo

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias ha recibido durante 2018 un total de 1.822 solicitudes de arbitraje

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  • Consumo. -

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias ha recibido durante 2018 un total de 1.822 solicitudes de arbitraje, lo que ha supuesto un incremento de un 10,83% con respecto al ejercicio anterior.

Del balance de datos de este servicio durante el pasado año, la Consejería resalta en una nota de prensa que la mayor parte de las solicitudes, el 57%, se refieren a conflictos en materia de telecomunicaciones que han experimentado un "importante incremento" del 33,60% respecto a 2017.

En este caso concreto, las cuestiones que plantean los usuarios se refieren mayoritariamente a incumplimiento de condiciones ofertadas (cobertura o tarifas promocionales), facturación indebida (SMS o 906), portabilidades incumplidas y penalizaciones por no permanencia.

En segundo lugar, se encuentran las solicitudes en materia de energía (electricidad y gas), un 32% de las presentadas a este sistema, en su mayoría por daños de sobretensión o corte de suministro, discrepancias con la facturación, lecturas estimadas o aumento de tarifas.

En tercer lugar, se sitúan las solicitudes en materia de enseñanza privada, comercio minorista y otros sectores.

El arbitraje de consumo es un servicio público que las administraciones públicas, en colaboración con las organizaciones empresariales o profesionales y de consumidores y usuarios, presta a través de su personal y de órganos administrativos especializados --las Juntas Arbitrales de Consumo--, poniéndose a disposición de la ciudadanía para "resolver los conflictos en materia de consumo de una manera eficaz, sencilla, gratuita, rápida, voluntaria y de calidad, con efectos vinculantes y ejecutivos", ha subrayado la Junta.

En caso de conflicto con una empresa, los consumidores y usuarios pueden solicitar el arbitraje de consumo a través de una hoja de quejas y reclamaciones oficial de la Junta de Andalucía o directamente a través de una solicitud de arbitraje, ya sea a través de su descarga en la oficina virtual o solicitándola en las Juntas Arbitrales de Consumo, Oficinas Municipales de atención al Consumidor o Servicios Provinciales de Consumo. En cualquier caso, no es necesario un formulario específico para solicitar el arbitraje de consumo.

El laudo es la resolución que dicta el órgano arbitral y sirve para dirimir un conflicto entre dos o más partes. Tiene carácter vinculante, es de obligado cumplimiento para las mismas, y tiene la misma eficacia que una sentencia judicial.

Desde la Dirección General de Consumo se aconseja a la ciudadanía que, ante cualquier duda o consulta sobre este tema, puede ponerse en contacto con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web 'www.consumoresponde.es', del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, o del perfil de Twitter @consumoresponde.

También se puede recibir asesoramiento en las delegaciones territoriales de Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y en las organizaciones de consumidores y usuarios.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

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