La Junta de Andalucía ha comunicado a la jueza que investiga unas presuntas irregularidades en el sector urbanístico sobre el que se levanta el centro comercial Torrecárdenas de Almería que adoptó "las medidas complementarias necesarias" para evitar que se produzca "la contaminación del agua" ante la "imposibilidad" de ejecutar la tubería de impulsión para abastecer al Bajo Andarax de agua desalada "por encima de la red de pluviales, saneamiento y electricidad".
"La impulsión tuvo que adaptarse a las cotas de las redes de servicios existentes ya que la urbanización del sector --en el que se asienta la gran superficie-- se encontraba prácticamente finalizada cuando se iniciaron las obras de conducción de abastecimiento", traslada en un informe requerido por el Juzgado de Instrucción 4 de Almería, que ha condicionado al apertura del centro comercial prevista para el día 25 a que se garantice por parte de Junta y Ayuntamiento que no hay "riesgo para la salud y el medio ambiente".
Fuentes judiciales han indicado a Europa Press que el citado informe aportado a la causa penal argumenta que si la impulsión hubiera sido colocada por encima de las redes existentes, habría sido necesario aumentar la cota de los viales y las parcelas, "aumentando de la misma manera las cotas de la edificación posterior".
Añade que, en la normativa vigente al respecto, "solo existen recomendaciones", lo que deja la puerta abierta a que "adoptar otras soluciones con las medidas necesarias para evitar la contaminación del agua". Cabe recordar que fue la concesionaria municipal de aguas de Almería, Aqualia, la que advirtió de las deficiencias e instó a su subsanación.
La Delegación Territorial de Medio Ambiente detalla a la magistrada María del Mar Moreno que, entre estas medidas adicionales, se hizo un hormigonado "que proporciona una elevada resistencia a la rotura y estanqueidad tanto de salida como entrada de agua" y se optó porque el material de la tubería fuera de "fundición dúctil", lo que, según remarca, "hace claramente improbable que otros fluidos puedan entrar en la conducción y contaminar el agua".
Al hilo de esto precisa, que no es una tubería de distribución en baja para suministro domiciliario sino en alta ya que une dos depósitos existentes y subraya que, por este motivo, ante una "hipotética contaminación, el agua no llegaría nunca al punto de consumo sin una cloración previa".
El informe concluye asegurando que se mantuvieron las reuniones necesarias con los responsables técnicos de los organismos implicados, se obtuvieron "los permisos necesarios", se "cumple con la normativa vigente" y con las "recomendaciones" en la materia.
En informe que, también a requerimiento de la jueza, remitió el Ayuntamiento sostiene que la tubería "no se encuentra en servicio" y señala que, pese a esto, ha ordenado a la concesionaria del servicio municipal de aguas que no la autorice "hasta que así sea expresamente autorizado" por la propia magistrada.
"DEFICIENCIAS SUBSANADAS" SEGÚN EL AYUNTAMIENTO
Entre la documentación enviada por el Ayuntamiento figura el citado informe de la concesionaria Aqualia sobre las obras que la Consejería de Medio Ambiente está realizando en MNO-05 y en este se acredita que las "deficiencias detectadas" en su momento "han sido subsanadas y, además, que la instalación no se encuentra en servicio".
El consistorio añade que, pese a ello, ha decidido adoptar todas las medidas necesarias "de carácter preventivo" para "imposibilitar" la puesta en servicio de la tubería hasta que el propio juzgado se "pronuncie" sobre la "suficiencia" de las medidas de subsanación realizadas por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía como titular de la obra.
Entre estas medidas, precisa que ha dado orden para que no se autorice la puesta en servicio del ramal de 'Impulsión de la Pipa Abastecimiento DN-600' correspondiente a las obras de Abastecimiento y Saneamiento de la Mancomunidad de Municipios del Bajo Andarax "hasta que así sea expresamente autorizado" la jueza que instruye las diligencias previas.
El Juzgado de Instrucción 4 de Almería ha dado traslado a las partes personadas en la causa por presuntas irregularidades en una tubería que discurre por el sector urbanístico en el que se asienta el Centro Comercial Torrecárdenas de los informes remitidos por Ayuntamiento de Almería y por Junta de Andalucía para que, en un plazo de cinco días, den réplica a los mismos.
Una vez den contestación a la documentación incorporada las partes, entre ellas la demandante General de Galerías Comerciales, propietaria a su vez del Centro Comercial Mediterráneo de la capital, el grupo Bogaris, promotor de la otra gran superficie en cuestión, y la propia Fiscalía, el juzgado adoptará una resolución.
PROVIDENCIA JUDICIAL
La providencia de fecha de 9 de octubre, la juez solicitaba "a la mayor celeridad posible" a la Consejería de Medio Ambiente que informase "sobre la naturaleza de las deficiencias denunciadas" por la mercantil General de Galerías Comerciales, propietaria del Centro Comercial Mediterráneo. Pedía, asimismo, que informarse sobre "el posible riesgo" para la salud de las personas o el medio ambiente que, puede, "en su caso, provocar" la existencia de "estas deficiencias y su no subsanación".
También requirió "a la mayor celeridad" en la citada providencia al Ayuntamiento de Almería para que remitiese el expediente administrativo del proyecto e indicase si las supuestas deficiencias "han sido subsanadas", o, en el caso de no haberlo hecho, explicase "las razones de no haberse hecho pese a tener conocimiento de ellas según consta en la documentación aportada "por los denunciantes".
Asimismo, le instó a que adoptase "las medidas necesarias en tanto no exista un informe de la concesionaria del servicio de abastecimiento de agua que certifique que se ha cumplido con la normativa y se han subsanado" las citadas irregularidades.
La jueza fue más allá e incluyó entre estas medidas la suspensión del inicio de actividad alguna, así como que, "previamente a la autorización del inicio de actividad por parte del Ayuntamiento, se acredite ante el juzgado la subsanación de las referidas deficiencias".
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