Andalucía

El juicio de los ERE supera esta semana el medio centenar de testigos

Supone un tercio de los 150 previstos para la fase testifical más los doce peritos

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  • Juicio ERES. -

El juicio que celebra la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla contra 22 ex altos cargos de la Junta, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por el procedimiento específico por el que se concedían las ayudas sociolaborales a trabajadores y a empresas en crisis en los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos superará esta semana el medio centenar de testigos, lo que supone un tercio de los 150 previstos para la fase testifical más los doce peritos.

Las siete declaraciones previstas para esta semana, según lo acordado por el tribunal, presidido por el magistrado Juan Antonio Calle Peña, volverán a estar protagonizadas, en su mayoría, por interventores de la Junta. Así, la sesión número 75 de la vista oral se abrirá, a partir de las 10,00 horas de este lunes, con el interrogatorio a Carlos González Laguillo, exinterventor de la Junta.

A continuación está previsto que declare el ex interventor delegado en la Consejería de Empleo Ramón Gutiérrez de la Chica. Ya el martes, será el turno de la ex interventora provincial de la Junta Victoria López Gutiérrez.

También para el martes está fijada la declaración de Juan Luque, quien fuera interventor delegado de la Consejería de Empleo entre 2008 y 2013. Cabe recordar que en marzo de 2017 la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó de forma definitiva el archivo de la causa contra Luque dentro de la pieza política de los ERE, después de la decisión en los mismos términos del juez instructor Álvaro Martín.

Respecto a Juan Luque, la Audiencia afirmó que "puede sorprender" que el interventor delegado de Empleo "desconociera la trama de la utilización de las transferencias de financiación de la Consejería de Empleo" --para allegar fondos a IFA/IDEA para el pago de las ayudas--, pero "del examen en profundidad de la causa y de las diligencias previas 174/2011 --causa matriz de los ERE-- de las que la primera trae causa, se cuenta con declaraciones testificales de las que se desprende esa falta de conocimiento".

En este sentido, recuerda la declaración como imputado del ex interventor general de la Junta Manuel Gómez, quien señaló que "no comunicó" a Juan Luque el uso de las transferencias para otorgar subvenciones y que éste no tenía competencia alguna para emitir informe de disconformidad, "y en el caso que lo hubiera emitido él lo hubiera revocado".

"Con estos mimbres no entendemos acreditado indiciariamente que Luque tuviera conocimiento de esa utilización fraudulenta de las transferencias de financiación" por parte de la Consejería de Empleo, manifiesta.

Para el miércoles y una vez concluya Luque, será el turno de dos abogados Abelardo Bracho Arcos y César Girón. Por último, ya en la sesión de tarde del miércoles está previsto que declare Alicia Ruiz de Castro, letrada de la firma Garrigues que elaboró en octubre de 2009 un informe, a petición del ex director general de Trabajo Juan Márquez, acusado en este juicio, en el que se analice el fundamento, la naturaleza de las ayudas sociolaborales y el régimen jurídico que les resulta de aplicación, aparte de solicitar el diseño de un protocolo o guía de actuación para instruir el expediente que permita conceder estas ayudas.

Las conclusiones del informe, según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, son muy ilustrativas al comparar los requisitos de las ayudas que se pretenden dar con la realidad del proceder en la concesión de las ayudas desde el año 2000 por la propia Dirección General de Trabajo.

En el informe se indica que las ayudas excepcionales de carácter sociolaboral que esta valorando conceder la Dirección General de Trabajo deben calificarse necesariamente como subvenciones y que en definitiva toda disposición dineraria concedida por la Dirección General que cumpla los requisitos previstos en el ordenamiento jurídico tendrá la consideración jurídica de subvención con independencia de la denominación que se le de, afirmando que los términos ayudas públicas y subvenciones serán utilizadas como sinónimas en este informe.

DELEGACIÓN DE COMPETENCIA

Las ayudas sociolaborales que pretende otorgar Empleo encajan en el supuesto de concesión directa, con carácter excepcional. En el informe se indica que el otorgamiento de subvenciones por parte del director general de Trabajo requeriría que el consejero de Empleo le delegue el ejercicio de la competencia.

Por último, en referencia al control financiero de las ayudas, el informe, según la Fiscalía, expresa que la Dirección General de Trabajo pretende financiar estas ayudas con una partida presupuestaria que ha sido transferida ya a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), lo que supone que el otorgamiento de la subvención no requiere la fiscalización de cada una de las subvenciones que se otorgue ya que la fiscalización previa y posterior se refiere a las cantidades que se transfieren a la Agencia IDEA.

Por ello, manifiesta que con este procedimiento se ha eliminado un trámite fundamental como es el de la fiscalización individualizada de los actos de otorgamiento, y que mediante el uso de la transferencia de financiación, la Dirección General de Trabajo se sustrae al procedimiento de control a los que teóricamente debía someterse teniendo en cuenta que es realmente la entidad que retiene y ostenta el poder decisorio y posterior control del cumplimiento en relación con las ayudas otorgadas.

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