Almería

Condenan a UAL a abonar toda la beca a eramus 2011-12 aunque la Junta no pagase toda su parte

El juez le reprocha a la UAL que decidiese hacer una liquidación en negativo de la beca \"requiriéndole al alumno la devolución\" de parte de lo percibido

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La Universidad de Almería (UAL) deberá abonar a los becados Erasmus del curso 2011-12 la cuantía que les adeudaba debido a que la Junta de Andalucía "disminuyó" su aportación para financiar la beca porque los estudiantes "no pueden soportar las consecuencias negativas que se deriven de tal situación" si han "cumplido con los requisitos estipulados en el convenio" y cuando deriva de una cuestión que "puede ser solventada entre ambas administraciones".

   Así lo ha concluido el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 3 de Almería que, en las tres primeras sentencias dictadas para dirimir un conflicto que afecta a más de 400 estudiantes de la provincia, da la razón a los demandantes y obliga a la UAL a abonar la totalidad del importe de la beca. En concreto, las cuantías son 891, 1.782 y 348 euros para cada uno de los tres casos que ya tienen resolución, contra la que no cabe recurso ordinario.

   El juez le reprocha a la UAL que decidiese hacer una liquidación en negativo de la beca "requiriéndole al alumno la devolución" de parte de lo percibido "debido a que lo financiado finalmente por la Junta fue inferior a lo concretado en el acuerdo de Consejo de Gobierno de 3 de junio de 2008" ya que, aunque la UAL no cuenta con partidas para tal fin, "al menos sí existe previsión de que pueda realizar algún tipo de aportación como prueba el dinero que adelantó" y que luego reclamó.

   Los contenciosos-administrativos, firmados por el letrado Abel Berbell y coordinados por los bufetes 'Cantalejo y Asociados' y 'Alegato-Abogados', se iniciaron a raíz del proceso de liquidación de las becas Erasmus que se realizó en 2013 no solo en la universidad almeriense, sino en otras andaluzas.

   Las sentencias del magistrado Juan Rodríguez Ruiz-Rico, consultadas por Europa Press, estiman "indiscutible" que la UAL es la gestora de las cantidades que recibe en concepto de ayuda, de modo que debe calcular y liquidar lo que se le concede a cada estudiantes respecto de la financiación recibida por los tres agentes: Ministerio de Educación, Junta de Andalucía y Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos (OAPEE).

   Indica el juez que se ha puesto "en evidencia" que existe una "alteración" en cuanto a lo que se pensaba que iba a ser objeto de ayuda por la Junta de Andalucía, lo que ha dado lugar "a la situación ahora controvertida", y subraya, también, como "indiscutible" que en la liquidación que efectuó la UAL "solo es la cantidad consignada por la Junta la que difere" con respecto al convenio que se firmó con los alumnos.

   "El cambio de circunstancias en si no puede ser achacado a la Universidad de Almería", señala, si bien concluye que este cambio "no puede afectar a la situación jurídica" entre la UAL y los estudiantes. "Ciertamente se produjo una minoración en las cantidades a financiar por la Junta de Andalucía --ahonda-- pero no puede el alumno soportar las consecuencias negativas que se deriven de tal situación si no se dan en realidad ninguna de las causas por las que podría ser requerido para devolver" dinero de la beca.

   Las sentencias apuntan, asimismo, para rebatir lo que tilda de "loables" argumentos de la institución académica, que no se ha acreditado que la Junta anunciase o dictase resolución para poner de manifiesto su intención de reducir o minorar su aportación y que supusiese un cambio en las condiciones que conllevasen la modificación de las cláusulas del compromiso de aprovechamiento de la beca.

   "Simplemente se recibió una aportación menor, procediéndose después a la liquidación", subraya para indicar que, ante esto, "lo que ha de regir" son las bases de la convocatoria de beca, el contrato de subvención y el compromiso de aprovechamiento "que los recurrentes han cumplido sin que se haya propuesto y ofrecido un cambio de condiciones que los vinculaban con la UAL".

   El magistrado insiste en que, aunque ello haya sido debido a razones ajenas a la propia UAL, "no puede recaer en el alumno las consecuencias negativas de una cuestión que puede ser solventada entre las dos administraciones" y falla a favor de los recurrentes "sin perjuicio de las acciones que la UAL pueda invocar frente a la Junta andaluza".

   Las liquidaciones negativas impulsadas por la UAL dieron lugar en 2013 a la creación de la Plataforma de Afectados por las Eramus en Almería y otro ente paralelo de ámbito andaluz. En los casos que ya cuentan con resolución, la UAL reclamó a los estudiantes de 193,50, 177,35 y 353,25 euros, respectivamente.

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