Andalucía

La Junta refuerza la protección de los espacios no urbanizados del litoral

Se obliga a adecuar los planes urbanísticos municipales a las exigencias de sostenibilidad que fija el Plan de Ordenación del Territorio

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El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el Decreto-ley de medidas urgentes para adecuar la planificación urbanística de los ayuntamientos a la realidad actual y a las exigencias de sostenibilidad fijadas por el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) en el ámbito litoral.  Entre las medidas, se incluye la suspensión cautelarmente de la tramitación urbanística de los suelos urbanizables no desarrollados de aquellos municipios litorales no adaptados al POTA y que, por tanto, no garantizan su adecuación a las previsiones de crecimiento contenidas en el mismo.

   En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Luis Planas, que ha indicado que Andalucía ha sido una comunidad pionera en todos los procesos de ordenación y conservación del territorio, ha indicado que el desarrollo ordenado y sostenible del suelo es un activo económico de primera magnitud y que la creación de riqueza pasa hoy por la calidad y la sostenibilidad.

   Como dato, el consejero ha señalado que de los 62 municipios costeros de Andalucía, solo diez han adaptado sus planes urbanísticos al POTA. El hecho de que un 89 por ciento no lo haya hecho puede obedecer, a su juicio, a que en su día se diseñó "un modelo en un contexto social, económico y ambiental en el que el desarrollo económico fomentaba que no existiera ningún tipo de limitación" al crecimiento urbanístico y "flotaba en el ambiente que todo iba a continuar igual por el resto de los tiempos".

   Como principal novedad, el decreto-ley aprobado este martes, según ha expuesto Planas, dispone la elaboración del Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, que permitirá proteger los espacios no urbanizados y evitar el deterioro del paisaje y la pérdida de ecosistemas valiosos, así como incrementar la calidad de la franja costera. Este espacio, que ocupa un 15 por ciento de la superficie de Andalucía y acoge al 40 por ciento de su población, es un activo de primer orden para la competitividad turística y para las principales actividades económicas de la región.

   Para garantizar las previsiones del plan durante su proceso de elaboración, el decreto-ley suspende cautelarmente la tramitación urbanística de los suelos urbanizables no desarrollados de aquellos municipios litorales no adaptados al POTA y que, por tanto, no garantizan su adecuación a las previsiones de crecimiento contenidas en el mismo. Esta suspensión, de carácter inmediato, afectará a 52 municipios costeros y estará en vigor hasta que el plan se someta al trámite de información pública, en el plazo de seis meses. Posteriormente, y hasta su aprobación definitiva en un plazo de dos años, la medida cautelar se mantendrá sólo en los terrenos identificados expresamente en el documento.

   El objetivo del Gobierno andaluz es frenar previsiones de crecimiento elaboradas hace años (fundamentalmente en las décadas de los 80 y 90) y no acordes con las exigencias actuales. Durante las últimas cinco décadas, la intensa actividad económica ha dado lugar a que ya se encuentren ocupados casi el 40 por ciento de los terrenos situados en los primeros 500 metros de costa, frente al 7 por ciento de mediados del siglo pasado.

   El Plan de Protección previsto garantizará el cumplimiento de las previsiones del POTA, que limita los crecimientos urbanísticos de los municipios en máximos del 30 por ciento de la población y en un 40 por ciento del territorio. En esta línea, establecerá los objetivos y criterios a los que habrá de atenerse el planeamiento urbano para la conservación y la revalorización de la franja comprendida en esos primeros 500 metros, así como en todas aquellas zonas necesarias para garantizar el cumplimiento de las finalidades de protección (excluyendo las contiguas a las márgenes de los ríos).

   Al intervenir sobre la zona de influencia del litoral, caracterizada por ser la de mayor actividad urbanística, el plan contribuirá también de forma indirecta a la defensa del propio dominio público marítimo-terrestre. En este sentido, el reforzamiento de las condiciones para garantizar la sostenibilidad contrasta con la desregularización que para dicho dominio  --de competencia estatal-- ha primado en la reciente reforma de la Ley de Costas aprobada por el Gobierno central.

VINCULANTE PARA EL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO MUNICIPAL

   Por su jerarquía, el futuro documento será vinculante tanto para el planeamiento urbanístico municipal como para los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional. Asimismo, permitirá adoptar decisiones tanto en los suelos urbanizables como en los no urbanizables, adecuándolos a las condiciones de sostenibilidad establecidas en la legislación y en la planificación autonómicas.

   Una vez elaborado por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, el Plan de Protección del Corredor Litoral se expondrá a información pública durante un plazo no inferior a dos meses, con el fin de incorporar las aportaciones de las administraciones y de los agentes económicos y sociales.

   Más allá del ámbito litoral, el Decreto-ley introduce diversas medidas para incentivar y acelerar la adecuación de los planes urbanísticos municipales al POTA. Transcurridos seis años desde su aprobación, actualmente tan sólo el 11 por ciento de los ayuntamientos andaluces han culminado este proceso.

   Con esta finalidad, el Decreto-ley establece que la adaptación debe realizarse a través de la revisión las normas de planeamiento municipal en los plazos fijados por las mismas, o en ocho años desde su entrada en vigor en los casos en que no se haya establecido. La falta de adaptación conllevará la imposibilidad de aprobar instrumentos de desarrollo que supongan crecimientos urbanísticos por encima de los límites regulados en el POTA.

   Por último, el decreto-ley modifica diversas normas con el objetivo de agilizar la tramitación de los procesos de planeamiento urbano y facilitar la coordinación entre las administraciones.

   En el primero de estos aspectos destaca el establecimiento de un plazo único de tres meses, frente a los 1-6 actuales, para la emisión de los informes preceptivos sectoriales por parte de la Administración autonómica.

   Respecto a la mejora de la coordinación, el decreto-ley supone acelerar la puesta en funcionamiento del órgano colegiado que actuará en cada provincia como 'ventanilla única' para facilitar a los ayuntamientos la tramitación de estos informes sectoriales, que hasta ahora han emitido por separado las diferentes consejerías de la Junta. Esta medida permitirá acortar los plazos de respuesta a los municipios y reforzará la colaboración técnica entre las administraciones autonómica y local en relación con las incidencias que pueden plantearse durante el proceso.

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