Andalucía

Cuatro condenados de una red que financiaba desde España a combatientes de Estado Islámico

Cinco años a tres de ellos por financiación del terrorismo y a un cuarto sólo por falsedad documental con fines terroristas

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  • Audiencia Nacional. -

La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a cinco años de cárcel por un delito de financiación del terrorismo a tres de los cuatro encausados que juzgó en marzo por haber integrado presuntamente una estructura que financiaba a combatientes para unirse a Estado Islámico.

Así consta en una sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, ponencia de la magistrada Ana Mercedes del Molino, en la que a un cuarto integrante, Ahmad Saraj, se le absuelve de ese delito pero se le condena a 7 meses de cárcel por falsedad documental con fines terroristas.

En 48 páginas, el tribunal detalla los hechos y dice que, tras analizar la prueba practicada en el plenario, las testificales de los agentes que depusieron y lo declarado por el agente encubierto que participó en la operación para destapar esta estructura, valora que hay suficiente como para condenar por ese delito de financiación del terrorismo a Mustafa Adaher, Abid EI Gharibi y Salah Saraj.

Sobre la labor de ese agente que se infiltró, el tribunal recuerda que usó diversos perfiles para relacionarse "con esos agentes de la organización terrorista" que investigaba y que consiguió que le fueran facilitados los contactos de las personas que en España eran responsables de mandar remesas de dinero para la financiación de Estado Islámico.

Entiende el tribunal que no existe "ni nulidad ni anomalía" en la actuación policial porque a través de labores de investigación, de las intervenciones telefónicas y de los seguimientos se llegó a la identificación de los ahora condenados.

Si bien el tribunal ha colocado la pena en 5 años de cárcel --5 años y 7 meses en el caso de Salah Saraj porque le condenan por financiación y falsedad--, la Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitaba en su escrito de acusación que la pena fuera de 10 años para cada uno de los cuatro por financiación y 3 años para Salah Saraj y Ahmad Saraj por falsedad.

Ya en ese escrito, el fiscal Emilio Miró destacaba que los condenados prestaban una "ayuda fundamentalmente económica a combatientes extranjeros" que se desplazaban desde distintos países "para combatir en las filas de Estado Islámico".

El fiscal relataba que, "ante la pérdida de poder territorial de esta organización en territorio sirio, uno de sus objetivos era conseguir el retorno de los combatientes a sus países de origen para continuar en ellos las actividades de la organización".

"La red de financiación investigada contaba con una estructura desde donde contactaba con simpatizantes en cualquier lugar, dispuestos a aportar dinero para los fines descritos de la organización", apunta el escrito.

Dentro de esta estructura fueron identificados como miembros de la red de financiación de la organización terrorista en las zonas de conflicto tres personas que, una vez contactaban "con los simpatizantes, a través de redes sociales o de conversaciones telefónicas", les facilitaban los datos de personas que, en cada país, se encargarían de recibir el dinero y de hacerlo llegar a la organización a través de medios no declarados y opacos.

Los mismos, explicaba la Fiscalía, consistían "en la recepción de dinero en efectivo y, a través de una cadena de colaboradores, entregarlo a los destinatarios finales, ubicados en campos de refugiados en territorio sirio conocidos como Al Hol y Al Roj". Todo ello, añade, a través de un método conocido como 'hawala'.

Ese método, según explica ahora el tribunal en su sentencia es un sistema de transferencias de capital entre dos zonas geográficas, en el que no se produce movimiento efectivo de dinero, y que se basa "en la confianza entre los responsables locales de la estructura, denominados hawaladores". "El proceso se lleva a cabo sin que haya habido movimiento efectivo de capitales", por lo que "escapa tal acción al control de las autoridades" y se produce de forma "opaca", añade.

En el marco de ese sistema uno de los condenados contactó con el agente encubierto para indicarle la forma en la que podía enviar dinero desde España. Así, le informó que había dos maneras, una a través de Wester Union, y la otra el "mano a mano" --la hawala--, considerando mejor este segundo.

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