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Loreños Independientes (LIS) se querella contra el alcalde y el concejal de Urbanismo

El pasado 3 de diciembre Loreños Independientes (LIS) interpuso una querella contra el actual alcalde, Francisco Javier Reinoso, y el concejal de Urbanismo, Juan Miguel Parra, por un presunto delito de prevaricación urbanística en las obras de acondicionamiento de la sede provisional de los Juzgados

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  • Alfonso Morales y Fidel Prieto, integrantes de LIS. -

El pasado 3 de diciembre Loreños Independientes (LIS) interpuso una querella contra el actual alcalde, Francisco Javier Reinoso, y el concejal de Urbanismo, Juan Miguel Parra, por un presunto delito de prevaricación urbanística en las obras de acondicionamiento de la sede provisional de los Juzgados loreños.

Según ha apuntado LIS en una nota de prensa, “Lora es gobernada de manera arbitraria y cortijera. Todos los grupos hemos jugado siempre a política, y hemos intentado mejorar y aportar soluciones a los problemas que se nos plantean, cada uno desde nuestras posiciones, acertada o desacertadas, pero dentro de un marco de limpieza, claridad moderada y legalidad absoluta. Pero este principio, en los últimos años, se ha roto. Aquí ya todo vale. Lora se ha convertido en una finca sin vallar donde manda el dueño del cortijo.”

LIS considera que lo que ha ocurrido en los actuales Juzgados provisionales de Lora del Río, donde los independientes señalan irregularidades en el otorgamiento de las licencias de Obra y de Primera Ocupación, “es la consecuencia de lo que venimos anunciando y denunciando durante mucho tiempo: en Lora todo vale y no pasa nada”.

LIS explica en su nota de prensa que han decidido actuar “porque moralmente estamos obligados a ello, porque la confianza que depositaron en nosotros los loreños en las pasadas elecciones y que nos dio representación en el Ayuntamiento, nos fuerza a velar por los intereses de todos los loreños y nos otorga la legitimidad para controlar la gestión del Equipo de Gobierno”.

Los motivos de la querella
Hay que recordar que los nuevos juzgados de Lora se encuentran en fase de construcción y provisionalmente se han ubicado en un bloque de viviendas de la avenida de La Campana. Precisamente el acondicionamiento de esa sede provisional, o las presuntas irregularidades en ese acondicionamiento, han motivado la querella de LIS.

El LIS acusa al Ayuntamiento de incumplir la normativa sobre las licencias de las obras de la sede provisional, que además carece de la debida conexión de las cañerías de los servicios. Los independientes señalan que la inauguración oficial de la sede de los juzgados (9 de enero de 2008) se produjo tan sólo 13 días después de que el Ayuntamiento otorgara la licencia de Obras (27 de diciembre de 2007), algo inexplicable teniendo en cuenta la magnitud de la actuación, por lo que se puede intuir que las obras se estaban desarrollando sin la pertinente licencia, pero “con el consentimiento del Alcalde, que siempre estuvo al tanto de las mismas y con el conociemiento de la Consejería de Justicia” afirma LIS.

Por otra parte, los independientes indican en su nota que los Juzgados han estado funcionando sin la licencia de Primera Ocupación, necesaria para la posterior licencia de Apertura, algo que se demuestra en el escrito del Secretario General del Ayuntamiento de Lora del Río, Héctor Gallego, con registro de salida nº 2517 y con fecha 7 de agosto de 2008, que dirigido al concejal de LIS, Alfonso Morales, dice de manera literal: “En cuanto a la Licencia o certificación final de obra y Licencia de Primera Ocupación del local donde están ubicados los Juzgados, se comunica al Concejal solicitante que no ha sido recibida la certificación final de la obra, por lo que no procede la concesión de la licencia de Primera Ocupación”.

Por todo esto, desde LIS consideran que “los hechos son constitutivos de un delito de prevaricación” (art. 404 del Código penal: la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo, se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años).

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