Sevilla

La aseguradora AIG señala que su póliza "no cubre los daños" del caso Magrudis de Sevilla

La compañía aseguradora AIG solicita su absolución en materia de responsabilidad civil

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  • Precinto de la nave de Magrudis. -

La compañía aseguradora AIG ha elevado un escrito de defensa al Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, que indaga el brote de listeriosis surgido en 2019 por la carne mechada distribuida por la empresa Magrudis pese a estar contaminada con dicha bacteria; exponiendo que la póliza de seguros suscrita por el Ayuntamiento hispalense, incluido en el procedimiento judicial como responsable civil subsidiario, "no cubre la naturaleza de los daños que se reclaman", por lo que solicita su absolución en materia de responsabilidad civil.

En su escrito de defensa, recogido por Europa Press, AIG detalla pormenorizadamente "los motivos por los que la póliza" de seguros suscrita por el Ayuntamiento de Sevilla con esta entidad "no habrá de asumir indemnización alguna por responsabilidad civil en relación a la reclamación de referencia".

Según la compañía aseguradora, la póliza EA19AP1123, en la que el Ayuntamiento hispalense figura como tomador, "no cubre la naturaleza de los daños que se reclaman", pues "viene destacado en el contrato de seguro que no encontrarán cobertura en el mismo todas aquellas reclamaciones por daños personales y materiales".

En su escrito, AIG indica que "dicha exclusión viene referida en la página 14 de la póliza y se encuentra dentro de las condiciones especiales en el apartado de exclusiones".

"Es palmario que la reclamación de referencia tiene su origen en los daños corporales sufridos por los numerosos perjudicados, por lo que no pueden caber dudas acerca de la perfecta aplicabilidad a la reclamación de la exclusión de daños personales y materiales", explica AIG insistiendo en que "la póliza, por su propio objeto, excluye expresamente la cobertura de los daños personales, que son precisamente aquellos que han sido ocasionados a los perjudicados en el presente procedimiento".

Es más, defiende que el Ayuntamiento "no solo aceptó expresamente a través de su firma que quedaban excluidas de cobertura reclamaciones por este tipo de daños, sino que en el propio pliego elaborado" para contratar una póliza "ya asumía que éstas quedarían fuera de cobertura", por lo que AIG reclama su absolución por serle "ajenos los hechos investigados" en esta causa.

TODOS LOS ACUSADOS

Los acusados en este procedimiento son José Antonio Marín Ponce, administrador de hecho de Magrudis; su mujer, Encarnación Rodríguez Jiménez, responsable de producción y puesta en marcha del sistema de autocontrol de la empresa; sus hijos Sandro José Marín Rodríguez, administrador único de la citada mercantil, y Mario Marín Rodríguez, administrador único de Elaborados Cárnicos Mario; Sergio L.G., arquitecto técnico, y María José Ojeda, inspectora veterinaria municipal.

Esta empleada municipal está incluida en la causa, al apreciar el juzgado "indiciariamente, una conducta negligente en su actuación profesional en el necesario control sanitario que le correspondía de la actividad alimentaria de la empresa Magrudis S.L. y que constituía una garantía de la salud pública ante la eventualidad de malas prácticas sanitarias".

En el auto de apertura de apertura de juicio oral contra ellos, la juez instructora achaca a Sandro José Marín Rodríguez, José Antonio Marín Ponce, Mario Marín Rodríguez, Encarnación Rodríguez Jiménez, María José Ojeda, Magrudis S.L. y Elaborados Cárnicos Mario S.L., un presunto delito contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, siete delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 245 delitos de lesiones por imprudencia grave, declarando responsables civiles a las compañías de seguros Axa S.A., Aig Europe S.A. (sucursal España) y Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros.

De igual modo, la juez abre juicio oral contra Sandro José Marín, José Antonio Marín Ponce y Sergio L.G. por un presunto delito de falsedad en documento oficial, así como contra José Antonio Marín Ponce, Sandro José Marín, Encarnación Rodríguez y Mario Marín, por un delito leve de defraudación del fluido eléctrico.

HAY QUE PAGAR

En materia de fianzas, la juez instructora reclamaba cuantías de más de cinco millones de euros a las personas acusadas, salvo el caso del arquitecto Sergio L.G., al que solicitaba la cantidad de 1.440 euros.

Asimismo, la magistrada reclamaba a Axa 5.166.688,50 euros, "si bien responderá hasta donde alcance el límite de garantía establecido en la póliza de seguro" contratada por Magrudis, constando ingresados 300.000 euros; mientras que también requería a las compañías de seguros Aig Europe y Zurich España para que prestasen fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros, y al Ayuntamiento de Sevilla para que "preste fianza solidaria en cantidad de 5.025.648,40 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta de Andalucía)".

Y todo ello, según la juez, "para asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, pudieran imponerse", con el apercibimiento de que, de no prestar las distintas fianzas establecidas en el auto, "se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada".

Posteriormente, la juez aclaraba que "no es necesario en este momento procesal exigirle" al Ayuntamiento el pago de la fianza de más de cinco millones de euros como responsable civil subsidiario al "no existir riesgo de que no pueda hacer frente a sus responsabilidades que en un futuro pudieran recaerle".

La compañía aseguradora Zurich, depositaba una fianza de 5,16 millones de euros reclamada en materia de responsabilidad civil "exigible" a la veterinaria municipal María José Ojeda, procesada en la causa, "con cargo a las pólizas de responsabilidad civil de la que es tomador el Ayuntamiento" hispalense.

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