Almería

Condenado por grabar partes íntimas de dos empleadas de su concesionario de Almería

Empezaba a hablarles sobre cosas del trabajo, simulaba tomar notas o hacer algo parecido y, mientras tanto, metía una mano por debajo de la mesa con una cámara

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  • Audiencia Provincial de Almería. -

Una juez de Almería ha condenado a dos años de prisión por delitos contra la integridad moral al dueño de un concesionario por grabar las partes íntimas de dos empleadas con una cámara espía.

La sentencia, dictada por conformidad y consultada por EFE, señala que el acusado A.J.S.G. es socio de una mercantil propietaria del concesionario de Níjar en el que trabajaban las dos víctimas.

Según el fallo, el hombre se encargaba "principalmente" del trabajo que se realizaba en el área de pintura y de control del personal, la misma en la que desarrollaban su actividad las perjudicadas, que tenían encomendadas funciones de administración.

Según reconoció el acusado durante la vista oral, aprovechaba que por las tardes había menos gente para grabar las partes íntimas de las víctimas por debajo de la mesa de cada una de ellas.

Cuando las trabajadoras llegaban por las tardes a sus puestos de trabajo, el acusado se acercaba a sus mesas, se sentaba en éstas, empezaba a hablarles sobre cosas del trabajo, simulaba tomar notas o hacer algo parecido y, mientras tanto, metía una mano por debajo de la mesa con una cámara espía, le daba al botón de activado y así realizaba las grabaciones.

Como mínimo, grabó dos veces a una de ellas los días 19 y 26 de agosto de 2019, y en otras dos ocasiones a la segunda víctima, en este caso los días 22 y 27 de dicho mes.

De esta forma, A.J.S.G. ha sido condenado a un penas que suman dos años de prisión por dos delitos continuados contra la integridad moral, en los que concurre la atenuante analógica de reconocimiento de los hechos, así como la de reparación del daño, ya que indemnizó a las mujeres de forma previa al juicio.

No obstante, la juez ha suspendido la ejecución de las penas de cárcel durante dos años, a condición de que no vuelva a delinquir en este periodo. La sentencia es firme.

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