Se terminaron las “dichosas”, las traídas y llevadas, Oposiciones en la Enseñanza Pública que reguladas por la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, vienen “legitimando” el acceso a la función pública.
Los funcionarios interinos que pretenden acceder a los cuerpos en que se conforma la función pública docente, están obligados a presentarse convocatoria tras convocatoria. Porque de no aprobarlas, a pesar de llevar años de ejercicio de la función docente, su situación laboral se hace más que precaria. Muchas de estas personas perderán su empleo para el curso 2021-22. El hecho de que un número importante, de personas docentes interinas, (un 70%) no superen la oposición pone en cuestión la validez del procedimiento. Porque si no demuestran adecuadamente su preparación profesional, en el desempeño día a día del trabajo docente para el que han sido contratadas, deberían haber sido apartados del trabajo en su momento.
La norma en su Disposición Transitoria Cuarta hace referencia a la Consolidación de empleo temporal y deja muy claro que: “3. El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria.”. Y quienes diseñan las oposiciones deben preguntarse ¿cómo es posible que personas que llevan años ejerciendo la docencia, aplicando “los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos” de trabajo que desempeñan, no aprueben? ¿Cómo es posible que preguntados por como hacen a diario sus tareas o funciones “habituales” no sean capaces de contarlo?
El “fracaso” en los exámenes de oposición de miles de personas que llevan años de contratación como interinas, es la prueba evidente de que las oposiciones están muy mal diseñadas. La otra conclusión, por contradictoria que parezca, es que esas personas “son tontas”. Y si se asume esta segunda “tontería”, (ojo que a algunos altos cargos de la administración educativa se les pasa por la cabeza e incluso lo verbalizan), deben preguntarse en las Administraciones Públicas ¿Por qué año tras año contratan interinamente a tantas personas “tontas”?
La duda parece despejada si se asume que quienes están tontas, de verdad, son las personas que “diseñan” los exámenes. Esas pruebas sólo deberían valorar el dominio que cada opositor tiene sobre “los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria”. Y lo más grande de todo es que quienes diseñan esas pruebas, de hacerlas, suspenderían estrepitosamente.
No obstante aquellas personas que llegan a tener cargos en las administraciones públicas, bien de confianza o políticos, y “diseñan estos exámenes” no deben tener un pelo de “tontas” y si mucho de “listas”. Es preciso conocer que en torno a los exámenes de oposición se ha creado todo un inmenso negocio de academias, publicaciones, con derechos de autor inclusive, aunque plagien las normas de los boletines oficiales, o incluso las más modestas circulares e instrucciones, y todo ello para engordar su “pecunia” particular. ¿Son listos, o no, estos tontos?
Más de un sindicato debería recurrir el formato de las pruebas que se aplican en las oposiciones para garantizar que: sólo se les pregunte a las personas que opositan por “los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos (de trabajo) objeto de cada convocatoria”. Seguro que la inmensa mayoría de las personas interinas sacarían muy buenas notas. Pero eso supondría desmontar el tinglado de academias que generan pingües beneficios.
Fdo Rafael Fenoy Rico
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